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28 junio, 2020 Comentarios desactivados en CFE perdió 2,646 millones por contratos “leoninos” con empresas eólicas México

CFE perdió 2,646 millones por contratos “leoninos” con empresas eólicas

La ASF señala que la compra-venta de energía eólica a Iberdrola, Acciona, Grupo Cobra y EDF Renewables, entre 2014 y 2016, provocó pérdidas a la Comisión Federal de Electricidad, que seguirían durante 12 años más, “por el incremento de los precios pactados”.

Por Daniel Sánchez

CAMPECHE, Cam. 28 de junio del 2020.- No fue una ocurrencia del presidente Andrés Manuel López Obrador el iniciar una cruzada contra los contratos leoninos de las empresas que surten de energía eólica a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), sino que ya lo había advertido la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en una revisión realizada en 2017 como parte de la fiscalización de la Cuenta Pública del 2016.

En la auditoría a la “Adquisición de energía eléctrica a los productores externos”, la ASF detectó que “con la venta de energía eólica adquirida a los productores externos, la CFE obtuvo utilidades en 2012 y 2013, por mil 151 millones 720.5 mil pesos y pérdidas de 2014 a 2016, por dos mil 646 millones 491.2 mil pesos”, por lo que recomendó revisar los contratos con las cuatro compañías proveedoras españolas Iberdrola, Acciona y Grupo Cobra, y la francesa EDF Renewables.

De esta manera, puntualizó, “la energía eólica producida por la CFE tuvo un costo promedio de 386.2 pesos por megawatts por hora (MWh), en tanto que la energía eólica adquirida a los productores externos tuvo un precio promedio de mil 440.2 pesos por MWh, superior en mil 54 pesos al costo de la energía generada por la CFE en sus centrales eólicas”.

El organismo fiscalizador federal advirtió de “pérdidas anuales crecientes” en los próximos 12 años, “en virtud de la metodología para la determinación de los precios de adquisición de energía eólica que la CFE pactó con los productores externos no están vinculados con el precio de la adquisición de este tipo de energía en el mercado, y al hecho de que los contratos suscritos, en promedio, tendrán todavía 16 años de vigencia”.

“Si consideramos que en la cláusula 23 “Terminación por reestructuración del mercado”, se estableció que en caso de que se solicitara la terminación del contrato, procedería el pago de un precio por terminación, que de común acuerdo por la partes, un perito independiente determinaría a partir de lo siguiente: (i) el valor presente de los precios proyectados de energía eléctrica en el mercado durante el resto de la vigencia del contrato, (ii) el valor presente de los pagos que la CFE realizaría por el resto de la vigencia del contrato de no darse por terminado y (iii) cualquier otro factor que juzgara apropiado el perito independiente o, en su caso, la Comisión Reguladora de Energía. Si cualquiera de las partes rechazara el precio de terminación, no se daría por terminado el contrato, y las partes permanecerían obligadas a lo que se comprometieron”, indicó.

Destacó también que “debido a la forma en que contrató con seis productores externos de energía eólica, la adquisición de determinados volúmenes de energía, y pactó el mecanismo para la determinación del precio, se verá obligado, durante la vigencia de los contratos, a adquirir esa energía a precios superiores al costo que para la propia empresa productiva del Estado le representa su generación en centrales eólicas de su propiedad”.

“El diferencial existente entre el costo de generación de energía eólica producida por la CFE, es inferior al precio pactado con los productores externos, lo que, de no disminuir el diferencial entre el costo de este tipo de energía adquirida obligatoriamente a los productores externos de energía y el precio al que es vendida por la entidad a los usuarios, podría generar a la CFE pérdidas en los próximos 16 años, al no estar vinculado el precio de adquisición de este tipo de energía pactado en los contratos, con el precio de mercado”, explicó.

Emitió una recomendación “para que la Comisión Federal de Electricidad evalúe la conveniencia de revisar conjuntamente con las empresas con las que tenga suscritos contratos de compra-venta de energía eléctrica de tipo eólica, a largo plazo, en el marco del programa de productores externos de energía, los aspectos relativos a los elementos y a la metodología para la determinación del precio de venta de la energía, así como las implicaciones, costos y beneficios de otras posibles alternativas de acción previstas en los contratos, a fin de tomar la decisión que garantice las mejores condiciones para la empresa, ya que se constató que el diferencial existente entre el costo de generación de energía eólica producida por la propia CFE, es inferior al precio de adquisición pactado con los productores externos, y de mantenerse las condiciones que se tuvieron en el periodo 2014-2016, podría generar pérdidas en los próximos 16 años”.

La Auditoría Superior de la Federación determinó que el total de capacidad instalada de energía eólica de la CFE fue de 699.2 MW, de las cuales, 612.9 MW correspondió a la capacidad nominal contratada por los productores externos de este tipo de energía con la CFE.

“La adquisición de energía eólica a productores externos, de 2012 a 2016, se incrementó 87.0 por ciento, al pasar de ml 216.4 gigawatts (GWh) adquiridos en 2012, a dos mil 274.5 GWh en 2016. El volumen de energía adquirida a este tipo de productores en 2016, representó el 92.4 por ciento de la energía eólica generada en 2016, por las centrales propiedad de CFE”, agregó.

En el 2016, los productores externos eran Iberdrola México, propietario de la central eólica La Venta III; Acciona México, con los parques eólicos Oaxaca II, III y IV; Grupo Cobra, con la central eólica Oaxaca I, y La Mata-La Ventosa, de la francesa EDF Renewables.

Centrales eólicas no cumplen ambientalmente

En esta revisión, el organismo fiscalizador también hizo otra recomendación “para que la CFE evalúe la conveniencia de implementar mecanismos de control y supervisión que garanticen el cumplimiento, en tiempo y forma, de las pruebas y calibración de las estaciones de monitoreo para la medición de las condiciones ambientales reales de las centrales eólicas de los productores externos de energía eólica, ya que, durante 2016, los productores externos no acreditaron la calibración de sus equipos, en incumplimiento de la cláusula 9.11 de los contratos celebrados”.

Mencionó que en la cláusula 9.11 de los contratos de compra venta de energía se estableció la obligación de que un laboratorio de metrología independiente efectuara anualmente las pruebas y calibraciones de los equipos de monitoreo para la medición de las condiciones ambientales reales.

“Al respecto, la entidad fiscalizada no proporcionó los reportes o certificados de calibración de los equipos de monitoreo ambiental, y manifestó lo siguiente:

“- En el caso de un productor, está en proceso de formalización un dictamen técnico para justificar que la falta de calibración de los equipos de monitoreo ambiental no provoca afectaciones de carácter funcional a la central, y no afecta en la medición de la energía eléctrica entregada en el punto de interconexión.

“- Tres productores habían solicitado la celebración de convenios modificatorios a los contratos, mediante los cuales se eliminaría la obligación de calibrar los equipos de medición señalados.

“- En relación con los dos productores externos restantes, la entidad señaló que incumplieron con la obligación de calibrar los instrumentos de medición durante 2016”.

Consulta aquí la auditoría realizada por la ASF:

2016_0486_aCFE

 

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