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17 noviembre, 2017 Comentarios desactivados en Impune, construcción de “megaobra” de “Alito” sin autorización ambiental Campeche

Impune, construcción de “megaobra” de “Alito” sin autorización ambiental

A un mes de iniciados los trabajos de ampliación de la avenida Costera, la Semarnat no actúa contra los responsables, a través de la Profepa, pese a no contar con permiso y violar la LGEEPA y el REIA. La SCT o la SDUOPI no han vuelto a ingresar el proyecto al procedimiento de evaluación.

Por Daniel Sánchez

CAMPECHE, Cam. 17 de noviembre del 2017.- A un mes de iniciadas las obras de ampliación de la avenida Costera, una de las “megaobras” anunciadas por Alejandro Moreno Cárdenas, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) no ha actuado contra los responsables, a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiented (Profepa), pese a que no cuentan con autorización de impacto ambiental.

El proyecto de “Modernización y ampliación de dos cuerpos, aprovechando los ya existente, de 9.5 metros de corona del kilómetro 0 al kilómetro 5+800 de la carretera Costera del Golfo (Campeche-Mérida), Camino Real a Mérida”, que tramposamente dividió en dos la SCT, se encuentra dentro y en la zona de influencia de la Reserva de la Biósfera “Los Petenes”

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) o la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura (SDUOPI) -que hizo el primer trámite para su autorización ambiental-, no han vuelto a ingresar el estudio ambiental del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental de la Semarnat, luego de que fuera rechazado el pasado mes de junio.

El proyecto de “Modernización y ampliación de dos cuerpos, aprovechando los ya existente, de 9.5 metros de corona del kilómetro 0 al kilómetro 5+800 de la carretera Costera del Golfo (Campeche-Mérida), Camino Real a Mérida”, que tramposamente dividió en dos la SCT, se encuentra dentro y en la zona de influencia de la Reserva de la Biósfera “Los Petenes”.

Las dependencias federal y estatal estarían violando impunemente, ante la inacción de la Profepa, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y el Reglamento de la LGEEPA para la Evaluación de Impacto Ambiental (REIA), que señalan claramente cuáles proyectos deben ser evaluados en su impacto ambiental.

En este caso, se trata de obras o actividades de vías generales de comunicación, que incluirá el cambio de uso de suelo de manglar y selva en un humedal, como lo reveló en su primer estudio entregado a la Semarnat, y están dentro y aledañas a un área natural protegida, en específico “Los Petenes”. Como muestra, están las decenas de árboles que han sido eliminados por maquinaria pesada en los primeros trabajos.

El artículo 28 de la LGEEPA establece que “la evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente”.

“Para ello, en los casos en que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría: I.- Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos, gasoductos, carboductos y poliductos; VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas; X.- Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales; y XI. Obras y actividades en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación”, precisa.

De acuerdo con el artículo 4 del REIA, “Compete a la Secretaría (de Medio Ambiente y Recursos Naturales) VI. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones de este reglamento, así como la observancia de las resoluciones previstas en el mismo, e imponer las sanciones y demás medidas de control y de seguridad necesarias, con arreglo a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables”.

El artículo 5 específica que entre las obras y actividades que requieren previamente autorización en materia de impacto ambiental, están “las vías generales de comunicación, como las carreteras…, que afecten áreas naturales protegidas o con vegetación forestal, selvas…, ecosistemas costeros o de humedales y cuerpos de agua nacionales”.

Quedando solo exentas las de “carreteras que se construyan sobre caminos ya existente, para un tránsito promedio diario de hasta un máximo de 500 vehículos, en las cuales la velocidad no exceda de 70 kilómetros por hora, el ancho de calzada y de corona no exceda los seis metros…”. En este caso no es así, porque el promedio diario es de más de 500 vehículos, la velocidad es para más de 70 kilómetros por hora y el ancho de corona alcanza los 9.5 metros.

También hay excepciones si la obra no incluye “la eliminación o fragmentación del hábitat de ejemplares de flora o fauna sujetos a un régimen de protección especial de conformidad con las normas oficiales mexicanas y otros instrumentos jurídicos aplicables”. En la avenida Costera, se prevé, según el primer estudio ambiental, la destrucción de manglar y selva.

Igualmente, se tiene que presentar manifestación de impacto ambiental en el caso de “cualquier tipo de obra civil en humedales, manglares”.

El inicio de la construcción

El 21 de octubre del 2017, Página 66 dio a conocer que sin autorización ambiental, inició la construcción de la ampliación y modernización de la avenida Costera dentro de la Reserva de la Biósfera “Los Petenes”, la cual es una de las “megaobras” anunciadas por Alejandro Moreno en su segundo informe.

A mediados de agosto, este reportero dio a conocer que la Semarnat rechazó el proyecto presentado por la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura para esta obra, con fecha nueve de junio del 2017, por incumplir uno de los requisitos del trámite para otorgarle el permiso ambiental.

Sin embargo, desde el 18 de octubre, los trabajos de preparación del sitio comenzaron en la vía de la capital campechana, dejando, una vez más, a Moreno Cárdenas como un farsante, al haber firmado un Acuerdo por la Sustentabilidad de la Península de Yucatán, en el que declaró a “Campeche Verde”, e iniciar la construcción en una Reserva de la Biósfera de un proyecto carretero, que incluye la destrucción de al menos siete hectáreas de manglar y selva mediana.

La Semarnat ya le había advertido, en el oficio de rechazo, a la Secretaría estatal que “la legislación ambiental vigente establece que ninguna obra o actividad podrá ser realizada hasta no obtener la debida autorización en materia de Impacto Ambiental que emite esta DGIRA (Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental)”, mucho menos dentro de un área natural protegida, como “Los Petenes”, pero no ha actuado.

El 19 de agosto, este reportero informó del rechazo de la Semarnat al proyecto de la SDUOPI, con clave 04CA2016V0022, y se publicó que de acuerdo con el oficio número SGPA/DGIRA/DG/04145, dirigido a Edilberto Buenfil Montalvo, titular de la Secretaría estatal, se negó la autorización al proyecto ingresado a la DGIRA el ocho de noviembre del 2016.

En las obras de la ampliación de la avenida Costera, según la Secretaría estatal de Planeación, el gobierno federal invierte 130 millones de pesos, para una extensión de 5.8 kilómetros y una superficie de rodamiento de 21 metros.

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