La Sedatu publica el decreto en el Diario Oficial de la Federación de hoy, que declara de utilidad pública 1,746.517 metros cuadrados.
Por Daniel Sánchez
ESCÁRCEGA, Cam. 4 de mayo del 2023.- El gobierno de Andrés Manuel López Obrador decretó la expropiación de otros siete predios privados en el municipio de Escárcega, para destinarlos a su proyecto del Tren Maya.
La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el “decreto por el que se declara de utilidad pública y se ordena la ocupación temporal de mil 746.517 metros cuadrados” más para destinarlos al proyecto estrella de la administración federal.
En el documento publicado hoy, el titular de la Presidencia de la República ejerce una de sus facultades y ordena la expropiación de los siete inmuebles de propiedad privada en el municipio escarceguense.
El decreto “declara de utilidad pública la infraestructura, desarrollo socioeconómico y turismo del Proyecto Tren Maya, que se materializa en la construcción de obras de infraestructura pública sobre terrenos de propiedad privada, que suman una superficie total de mil 746.517 metros cuadrados, correspondientes a siete inmuebles”.
“Se decreta la ocupación temporal de mil 746.517 metros cuadrados”, indica y señala que “la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano procede a la ocupación inmediata de los bienes materia de este decreto”.
“La interposición de cualquier medio de defensa no suspende la ocupación señalada en el párrafo anterior”, aclara y precisa que “Fonatur, Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V. y la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano deben coordinarse para cubrir con su presupuesto autorizado, el monto de la indemnización que en términos de ley deba pagarse a quienes acrediten su legítimo derecho, de conformidad con los avalúos que emitió el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales”.
“Dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de este decreto, los interesados podrán acudir al procedimiento judicial a que se refiere el artículo 11 de la Ley de Expropiación, con el único objeto de controvertir el monto de la indemnización”, expresa.
Consulta aquí el decreto de Sedatu publicado en el DOF:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5687782&fecha=04/05/2023#gsc.tab=0