Debate debe ser para eliminar prisión preventiva oficiosa: ONU

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11 febrero, 2019 Comentarios desactivados en Hacinamiento carcelario, con prisión preventiva oficiosa Ciudadania

Hacinamiento carcelario, con prisión preventiva oficiosa

Las reformas en materia de prisión preventiva oficiosa provocarán sobrepoblación y generarán malas condiciones de reclusión: UNODC.

CIUDAD DE MÉXICO, 11 de febrero del 2019 (Notilegis).- El representante de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, UNODC (por sus siglas en inglés), Antonino de Leo, afirmó que de aprobarse las reformas en materia de prisión preventiva oficiosa, México tendrá una sobrepoblación y hacinamiento en las cárceles, generando malas condiciones de reclusión.

“La prisión preventiva es uno de los principales factores que contribuyen a la sobrepoblación o el hacinamiento carcelario, a malas condiciones de reclusión y deficiencias sistémicas de los centros penitenciarios”, aseveró.

Durante su participación en las audiencias públicas en la materia, celebradas en el Palacio Legislativo de San Lázaro, señaló que “México ha sido uno de los países que más avanzó en los últimos tres años en reducir la población penitenciaria y por lo tanto el hacinamiento”.

De acuerdo con el World Prison Population List de 2018, entre 2014 y el año pasado, México ha logrado reducir su población carcelaria penitenciaria alrededor de un 24 por ciento, agregó.

“En este momento, la sobrepoblación carcelaria no es un problema para el país, sin embargo, con la aprobación de este proyecto de reforma lo será”, advirtió.

De Leo indicó que “numerosos estudios a nivel internacional demuestran que el encarcelamiento afecta de manera desproporcional a las personas que viven en situación de pobreza”.

“La mayoría de las personas privadas de libertad en todo el mundo, y México no es una excepción, provienen de sectores sociales empobrecidos, son analfabetas o tienen una educación limitada”, indicó.

Apuntó que “cuando esta pobreza y la falta de apoyo social se combinan con retóricas y políticas de justicia penal punitivas que conducen a la ejecución de sentencias más estrictas o a la aplicación de la prisión preventiva oficiosa, el resultado es invariablemente un aumento de la población carcelaria”.

Sostuvo que todos los estándares internacionales en la materia, sobre prevención del delito, justicia penal y derechos humanos plantean el uso de la prisión preventiva de manera excepcional y como último recurso.

Por ello “se debe dejar de aplicar la detención previa al fallo de manera obligatoria cuando una persona está acusada de un delito en particular”.

Compartió que el Manual de Medidas Privativas y no Privativas de la Libertad, Detención previa al fallo de la UNODC, señala que el uso de la prisión preventiva existirá en tres casos: riesgo de fuga, obstaculización de la investigación o debido a la complejidad del caso.

“La UNODC ha llamado a los gobiernos a repensar el uso de políticas de mano dura en la persecución criminal…la prisión preventiva oficiosa es una figura que lejos de extenderse, debería eliminarse”, aseguró.

El representante de la UNODC refrendó su disposición para asistir al Estado mexicano para que adopte medidas legislativas y políticas públicas basadas en evidencia, estándares internacionales, buenas prácticas y lecciones aprendidas, para lograr la construcción de una justicia imparcial, eficaz y eficiente.

 

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