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24 julio, 2018 Comentarios desactivados en Hay que descartar refinería en “Laguna de Términos” Campeche

Hay que descartar refinería en “Laguna de Términos”

Marea Azul demanda responsabilidad socioambiental al próximo gobierno federal, ante su pretensión de construir una refinería en Atasta, donde está prohibido ampliar las actividades de la industria petrolera.

Por Daniel Sánchez

CIUDAD DEL CARMEN, Cam. 24 de julio del 2018.- La agrupación ambientalista Marea Azul demandó responsabilidad socioambiental en el próximo gobierno federal, ante la pretensión de construir una refinería en la Península de Atasta, dentro del Área de Protección de Flora y Fauna “Laguna de Términos”, donde está prohibido ampliar las actividades de la industria petrolera.

La representante legal de la organización ecologista, Lourdes Rodríguez Badillo, le tomó la palabra a la próxima secretaria de Energía, Rocío Nahle, y le exigió que se haga un estudio amplio para descartar este megaproyecto, que afectará el hábitat crítico de los manglares, y se busque otros sitios en el estado de Campeche, para desarrollarlo.

La defensora de los derechos ambientales hizo suya la Carta abierta a Rocío Nahle, y los 13 argumentos expuestos para decirle NO a la refinería en Atasta, porque “el medio ambiente no puede seguir subsidiando el desarrollo económico y social de Campeche, a costa del sitio Ramsar de Laguna de Términos”.

“Estamos de acuerdo en que Andrés Manuel López Obrador cumpla con su compromiso expresado en campaña de construir una refinería, pero tendría que hacerlo en otro lugar de la entidad campechana, ante los inminentes perjuicios a la flora, la fauna y el medio ambiente marino y costero, en el área natural protegida de “Laguna de Términos”, expresó.

“No estamos en contra del desarrollo, ni del rescate de la Isla y el estado de la recesión económica y social en que la han hundido las administraciones de otros partidos, pero se tienen que promover otras alternativas productivas, como los proyectos de reforestación con mangle y restauración de humedales, y los ecoturísticos, precisamente en Atasta, la Isla del Carmen, Isla Aguada y Sabancuy, así como los acuícolas y de pequeñas industrias pesqueras”, indicó.

“Hay que destacar también que la zona de la colonia Emiliano Zapata, donde se está planteando edificar la refinería, está cubierta por manglares, una especie con protección especial, y de acuerdo con los pronósticos de la UNAM sobre cambio climático, estaría bajo el agua entre los años 2030 y 2050”, apuntó.

Rodríguez Badillo dijo también que hay que terminar con el espejismo de que la planta refinadora va a generar cientos de empleos para trabajadores de la región, ya que las refinerías de última generación están automatizadas y son pocos los trabajadores que requieren, además de que tienen que ser especializados y en la Península de Atasta no se cuenta con ellos.

“Recordemos el ejemplo de la Planta de Nitrógeno, cuyos dueños, empresarios extranjeros, ofrecieron empleos para la población local, pero sólo fueron unos cuantos los beneficiados, y lo único que propiciaron fue la explosión demográfica en San Antonio Cárdenas y Nuevo Progreso, por obreros que se quedaron a vivir ahí, luego de su construcción, con su consecuente mayor demanda de servicios públicos”, puntualizó.

CARTA ABIERTA A ROCÍO NAHLE

NO A LA REFINERÍA EN ATASTA, DENTRO DEL ANP “LAGUNA DE TÉRMINOS”

1.- La eventual construcción de una refinería en Atasta, dentro del Área de Protección de Flora y Fauna “Laguna de Términos”, contradice el eje ambiental del Proyecto Alternativo de Nación 2018-2024 de Andrés Manuel López Obrador, denominado Protección del medio ambiente.

En el renglón Planeación socioambiental del territorio, señala que “se deben priorizar, dentro del Reglamento de la LGEEPA (Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente), los ordenamientos ecológicos a todas las escalas”. En este caso, el decreto de creación y el programa de manejo del ANP.

“Además, debe declararse moratoria de todos los proyectos extractivistas y de aprovechamiento energético, en tanto no se examinen para determinar si son socioambientalmente viables”, puntualiza.

En cuanto a la Transición energética, expresa que “los procedimientos establecidos para la explotación, extracción o generación de productos energéticos, según sea el caso, así como para la conducción o transmisión, no garantizan equidad, respeto al territorio ni una adecuada compensación a los propietarios de la tierra”.

Sobre los Manglares, establece que “en los últimos años ha habido una pérdida muy alta de manglares y humedales costeros, especialmente en la Península de Yucatán y en otros estados del Golfo de México, lo cual ha afectado negativamente la integridad de los ecosistemas y su zona de influencia en la plataforma continental, haciéndolos extraordinariamente vulnerables a huracanes y ciclones. También ha generado la resistencia de los pueblos ribereños afectados y de organizaciones ambientalistas”.

“Es muy importante convocar a las organizaciones ambientalistas, especialmente las ubicadas en zonas costeras que tienen experiencia en la lucha en defensa de los manglares, a mantener su esfuerzo de denuncia y de combatir las autorizaciones otorgadas por las autoridades ambientales que permiten el cambio de uso de suelo de los manglares”, apunta.

Entre las políticas públicas, propone “asegurar el cumplimiento del ordenamiento ecológico del territorio a nivel nacional, regional y local, y asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental”, y entre las acciones legislativas, “prohibir la explotación de hidrocarburos y minerales en áreas naturales protegidas. Dar prioridad a la conservación del capital natural de México”.

2.- Entre los considerandos del decreto de creación del Área de Protección de Flora y Fauna “Laguna de Términos”, se establece: Que la propia laguna, sus bocas de conexión con el mar, sus sistemas fluvio-lagunares-deltaicos asociados, así como las praderas de pastos sumergidos y los bosques de manglar constituyen ambientes definidos como “hábitat críticos” que permiten la existencia de una elevada biodiversidad de flora y fauna como el manglar, el tular, la vegetación riparia, numerosas especies de fitoplancton y macroalgas, peces de origen marino, estuarino o dulce acuícola, aves migratorias, moluscos, reptiles, mamíferos, insectos, arácnidos, anfibios, tintínidos, planctónicos, foraminíferos, ostrácodos, protozoarios ciliados, así como numerosas especies de poliquetos y poríferos.

Otro de los considerandos, señala: Que la deforestación; el dragado y relleno de humedales; las alteraciones del caudal fluvial y del flujo laminar de agua; la sobreexplotación de manglares y de otras especies relacionadas; los asentamientos humanos irregulares; la contaminación de los cuerpos acuáticos, y los derrames o residuos de petróleo a la zona costera, entre otras fuentes de deterioro ambiental, han modificado o destruido los hábitat críticos de la región de “Laguna de Términos”.

La edificación de una refinería dentro del polígono del Área Natural Protegida implicaría la destrucción del ecosistema de manglar, afectando diversas especies de flora y fauna de este hábitat crítico, algunas con protección especial o en peligro de extinción, como el mismo mangle, la contaminación de los cuerpos acuáticos, el relleno de humedales, las alteraciones del caudal fluvial y del flujo laminar de agua.

3.- Contraviene el artículo Décimo Tercero del Decreto del ANP, que señala que “dentro del Área de Protección, queda prohibido modificar las condiciones naturales de los acuíferos, cuencas hidrológicas, cauces naturales de corrientes, manantiales, riberas y vasos existentes, salvo que sea necesario para el cumplimiento del presente decreto; verter o descargar contaminantes en el suelo, subsuelo y en cualquier clase de corriente o depósitos de agua, y desarrollar actividades contaminantes”. Las operaciones de una refinería son predominantemente contaminantes, como se ha comprobado en la zona de Coatzacoalcos y Minatitlán, Veracruz.

4.- En el Programa Estatal de Cambio Climático, se indica que “Campeche es uno de los estados de la República Mexicana con mayor vulnerabilidad a los efectos del cambio climático. La elevación del nivel medio del mar representa para su franja litoral uno de los retos más apremiantes por la afectación y aceleración de los procesos de erosión en sus playas.

Estudios advierten que en la Península de Atasta se presenta la más drástica erosión costera y que por el cambio climático, entre 2030 y 2050, el sitio donde se pretende establecer la planta refinadora, quedaría bajo el agua.

Estimaciones de investigadores promedian la erosión costera en el área del proyecto en 3.05 metros cada año, como revelan las tasas obtenidas en los 14 años comprendidos entre 1995 y 2008.

5.- En el Programa de Ordenamiento Ecológico Marino y Regional del Golfo de México y el Mar Caribe, un criterio de regulación ecológica para la zona costera inmediata de la Sonda de Campeche, en las unidades de gestión ambiental 166 y 167, aledañas al proyecto, es que “dado que los pastos marinos representan importantes ecosistemas para la fauna marina, debe promoverse su conservación y preservación, por lo que se debe evitar su afectación y pérdida en caso de alguna actividad o proyecto”.

De acuerdo con el mismo Programa, en tierra, el proyecto está ubicado en la unidad de gestión ambiental número 75, identificada como RB Pantanos de Centla y APFF Laguna de Términos, donde aplican los programas de manejo de estas áreas naturales protegidas.

6.- En la zona de manejo intensivo, en la unidad 7, del programa de manejo, se construirán las instalaciones de la refinería, precisamente sobre una superficie cubierta con manglar -cercana a la colonia Emiliano Zapata-, especie con protección especial, cuya conservación es una de las primeras acciones del Programa de Manejo y está entre los considerandos que dieron origen al Decreto de creación del Área de Protección de Flora y Fauna.

7.- En el criterio 14 de la Actividad Petrolera del Programa de Manejo, aplicadas a la unidad 7, se señala que “sólo se permitirá la instalación de nueva infraestructura para sustituir la ya existente, utilizando la tecnología de punta más apropiada, cuando fuera necesaria para optimizar las actividades de explotación, y conducción de hidrocarburos y seguridad, previa autorización del INE en materia de impacto ambiental y la opinión del Consejo Consultivo del ANP”. La nueva infraestructura de la industria petrolera no está localizada en el área ocupada por el poliducto.

8.- La CNA, hoy Comisión Nacional del Agua (Conagua), reportaba que el índice de vulnerabilidad del acuífero ante la contaminación en la Península de Atasta, es de 7.0, y según su semaforización, el valor es “extremo”. El sitio del proyecto se encuentra dentro de esta área, como se puede observar en el mapa de la entonces CNA.

9.- En el marco de los “tres pilares” de la Convención Ramsar -donde está inscrita “Laguna de Términos”-, las Partes Contratantes se comprometen a: 1. trabajar en pro del uso racional de todos los humedales de su territorio. En este caso, no se cumple con este pilar, pues contempla el desmonte de manglar.

10.- Contraviene la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003, Que establece las especificaciones para la preservación, conservación, aprovechamiento sustentable y restauración de los humedales costeros en zonas de manglar. En el subíndice 4.16, que establece que: Las actividades productivas, como la agropecuaria, acuícola intensiva o semiintensiva, infraestructura urbana, o alguna otra que sea aledaña o colindante con la vegetación de un humedal costero, deberá dejar una distancia mínima de 100 metros respecto al límite de la vegetación, en la cual no se permitirá actividades productivas o de apoyo.

Tampoco se cumple con esta normatividad, puesto que el proyecto se realizaría dentro del humedal.

12.- Por cuestiones de logística, la refinería debe estar cerca de los centros de gran consumo y la Península de Yucatán no lo es. Además, ubicar la planta en Atasta, Carmen, implicaría construir un oleoducto nuevo desde las plataformas petroleras en la Sonda de Campeche, a unos 80 kilómetros de distancia, pues los que existen actualmente transportan gas natural y gas nitrógeno.

13.- El Área de Protección de Flora y Fauna “Laguna de Términos” fue decretada en diciembre del 2016 como “zona de salvaguarda”, donde se prohibe la realización de actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, a las que habría que sumar la generación de productos energéticos, por ser una zona ambientalmente sensible y contar con protección especial como área natural protegida.

 

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