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30 junio, 2021 Comentarios desactivados en IEEC cancela financiamiento a “Frente Campechano en Movimiento” Campeche

IEEC cancela financiamiento a “Frente Campechano en Movimiento”

La agrupación política de Justo Saravia, suegro del líder del Congreso, Ramón Méndez, no rindió cuentas sobre sus gastos en 2019.

CAMPECHE, Cam. 30 de junio del 2021.- Luego de varios meses de solaparla, por fin, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC) determinó cancelar las prerrogativas a la agrupación política estatal “Frente Campechano en Movimiento”, de Justo Saravia López, suegro del líder del Congreso del Estado, Ramón Méndez Lanz, por no rendir cuentas de sus gastos en 2019.

Durante la sexta sesión ordinaria virtual, los consejeros electorales aprobaron el dictamen consolidado y proyecto de resolución presentado por la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos y Agrupaciones Políticas del Organismo Público Local.

La sanción es derivada, según el resolutivo del Consejo General del IEEC, de “la revisión del informe anual de los ingresos y gastos utilizados para el desarrollo de las actividades ordinarias, de educación y capacitación política, de investigación socioeconómica y política, así como editoriales, del “Frente Campechano en Movimiento”, correspondiente al ejercicio fiscal 2019.

“La cancelación de sus prerrogativas es debido a que hizo entrega fuera del plazo legal establecido, ante la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos y Agrupaciones Políticas del IEEC, de su Informe Anual de los Ingresos y Gastos para el Desarrollo de sus Actividades Ordinarias, de Educación y Capacitación Política, de Investigación Socioeconómica y Política, así como de Actividades Editoriales”, precisó.

Asimismo, agregó, “por entregar fuera del plazo legal establecido, la documentación comprobatoria respectiva, correspondiente al ejercicio fiscal 2019, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo INE/CG93/2014, con fundamento al Considerando 12 y en lo dispuesto en los artículos 13 fracción I, 14, 118 fracción I, 119 y 120 del Reglamento de Fiscalización de las Agrupaciones Políticas y Organizaciones Locales”.

Destacó que “la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos y Agrupaciones Políticas del IEEC, realizó la revisión del 100 por ciento de la documentación presentada por la Agrupación Política Estatal, observándose en la misma, diversos errores y omisiones susceptibles de ser corregidas por dicha Agrupación, pero que no se sustentaron”.

Por lo anterior, añadió, “para la determinación de la multa impuesta al “Frente Campechano en Movimiento”, se atendió a todos los puntos señalados en el proyecto de resolución, así como a las reglas de la lógica y a los principios de justicia electoral, al criterio doctrinal y jurisprudencial derivado de la interpretación del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

 

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