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16 marzo, 2018 Comentarios desactivados en Mayor protección a derechos de refugiados y asilados: Morena México

Mayor protección a derechos de refugiados y asilados: Morena

La senadora por Morena, Gabriela Cuevas, propone modificar la Ley sobre Refugiados para una mayor atención y asistencia a asilados políticos y refugiados y garantizar el pleno respeto a sus derechos humanos.

CIUDAD DE MÉXICO, 16 de marzo del 2018.- “México durante muchas décadas fue ejemplo de apoyo y dio un hogar a miles de familias que huían de las dictaduras, de la persecución y cuyas vidas corrían peligro, únicamente por sus ideales y sueños. Desgraciadamente, parece que esta tradición mexicana quedó un tanto olvidada en el siglo pasado. Hoy es momento de darle plena vigencia a la modificación que hicimos al artículo 11 constitucional”, aseguró la senadora por Morena, Gabriela Cuevas Barrón.

Al presentar la iniciativa para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, enfatizó el caso de las solicitudes provenientes de Venezuela, que en 2017 sumaron cuatro mil y de las cuales menos del 25 por ciento fue aprobada, por lo que dijo, es necesario que México perfeccione su legislación, tanto en materia de reconocimiento de derechos, como de protección de los mismos. En la propuesta destacan 3 objetivos:

1) Armonizar el reconocimiento de la condición de refugiado con instrumentos internacionales y recomendaciones de organismos internacionales de derechos humanos en la materia.

2) Sistematizar las bases para la atención y asistencia de asilados políticos, refugiados y personas a las que se les ha otorgado la protección complementaria.

3) Garantizar el pleno respeto a los derechos humanos de las personas que buscan y reciben asilo en nuestro país.

Cuevas Barrón recordó que “por cada minuto transcurrido, hay 20 personas desplazadas en el mundo como consecuencias de conflictos o persecución en su país”.

“Son 22.5 millones de personas que se encuentran en calidad de refugiados, de los cuales, la mitad son menores de18 años. Además, hay 10 millones de personas apátridas que se ven marginadas al no contar con acceso a servicios básicos como educación, salud, empleo e incluso el libre tránsito”, expuso.

Por ello, en la iniciativa se contempla la necesidad de reconocer las amenazas y/o peligros contra la libertad, integridad y/o seguridad a que estaría expuesto todo solicitante en caso de regresar a su país de origen, incluso se considera el peligro de ser sometido a desaparición forzada o ser juzgado por tribunales de excepción o ad hoc.

En este sentido, garantizar el principio de no devolución es fundamental para preservar la integridad de quien pedido la protección del Estado mexicano.

Debe recordarse que la violencia generada por el crimen organizado es una de las principales causas de la migración forzada, siendo causante de graves violaciones a los derechos humanos al interior de países como Colombia, El Salvador, Guatemala, Honduras y México. En este sentido, 90% de las solicitudes de refugio presentadas en nuestro país fueron de personas, en su mayoría procedentes del denominado Triángulo del Norte de Centroamérica (El Salvador, Honduras y Guatemala), quienes por razones de violencia criminal y persecución, se ven obligados a salir de sus países de origen y solicitar refugio en la República Mexicana.

La legisladora destacó que en las reformas a la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, un principio fundamental a garantizar a los solicitantes de la condición de refugiado es el debido proceso, en el que se considera brindar información suficiente sobre los motivos de la detención de migrantes, la duración que tendrá la misma, preservar la unidad familiar en función de proteger el interés superior de la niñez y garantizar la libre circulación en territorio nacional, así como brindar acceso a servicios educativos, de salud, vivienda y trabajo remunerado. Aunado a ello, se encuentra el respeto a los derechos a no ser discriminado por motivos de orientación sexual o identidad de género y el principio de no privación de la libertad de personas con necesidad de protección internacional.

Gabriela Cuevas mencionó que es necesario adecuar los términos utilizados en la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, referentes al “asilo”, “asilo político” y “asilado político”, por lo que se propone reconocer la figura del asilo como “la protección internacional por parte del Estado Mexicano a un extranjero que la solicita”, por motivos de persecución o amenaza por cualquiera de las causales reconocidas en los instrumentos internacionales en la materia de los que México forma parte, diferenciándolo del asilo político y de la figura de asilado político, que refiere al extranjero cuya vida, libertad o seguridad por ideas o actividades políticas directamente relacionadas con su perfil público, y carece de protección de su país, esté en peligro y recibe la protección del Estado Mexicano.

En 2011, fue publicada la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, que posteriormente fue reformada en 2014 para incorporar, por vez primera en nuestra legislación, una definición integral y completa de refugiado, acorde a los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano.

 

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