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8 septiembre, 2023 Comentarios desactivados en Otras 21.5 has. expropia Sedatu para Tren Maya Campeche

Otras 21.5 has. expropia Sedatu para Tren Maya

Los 77 predios privados están ubicados en los municipios de Escárcega, Champotón y Campeche.
Por Daniel Sánchez Barrientos

CAMPECHE, Cam. 8 de septiembre del 2023.- El gobierno de México expropió otras 21.5 hectáreas privadas en los municipios de Escárcega, Champotón y Campeche, para construir infraestructura relacionada con el proyecto del Tren Maya.
En la edición de este viernes del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) publicó la declaratoria de utilidad pública de 77 predios privados en los tres municipios campechanos.
“Declaratoria de causa de utilidad pública relativa a 215 mil 530 metros cuadrados, correspondientes a 77 inmuebles de propiedad privada en los municipios de Escárcega, Champotón y Campeche, en el estado de Campeche, que serán destinados para la construcción de obras de infraestructura pública relacionadas con el Proyecto Tren Maya”, precisó la publicación.
En el documento, firmado por el titular de Sedatu, Román Meyer Falcón, se afirma que se notificará “personalmente a los titulares de los bienes y derechos, en el domicilio que de ellos conste en el expediente correspondiente”.
“En caso de ignorarse quiénes son los titulares o bien se desconozca su domicilio o localización, efectúese una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación de la localidad de que se trate, conforme a lo establecido en el artículo 2o. fracción II de la Ley de Expropiación”, indicó.
Mencionó que “los interesados tendrán un plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación o de la segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación de la presente Declaratoria, para manifestar ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, lo que a su derecho e interés convenga y presenten las pruebas que estimen pertinentes”.
“Previo convenio con los propietarios de los predios involucrados en la presente Declaratoria, procédase a la ocupación inmediata de los mismos, de conformidad con el artículo 9 Bis fracción III de la Ley de Expropiación”, puntualizó.
Consulta aquí la publicación en el DOF:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5701278&fecha=08/09/2023#gsc.tab=0

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