La superficie suma 47.963 hectáreas en los municipios de Escárcega, Champotón, Campeche, Tenabo, Hecelchakán y Dzitbalché.
Por Daniel Sánchez
CAMPECHE, Cam. 27 de febrero el 2024.- El gobierno de México, a través de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), expropió 63 predios particulares más en seis municipios del estado de Campeche para el proyecto del Tren Maya.
Esta nueva “declaratoria de utilidad pública” del gobierno federal abarca una superficie de 47.963 hectáreas en los municipios campechanos de Escárcega, Champotón, Campeche, Tenabo, Hecelchakán y Dzitbalché.
De acuerdo con la publicación de hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), son en total 529 mil 504.373 metros cuadrados los expropiados, siendo 479 mil 631.173 metros cuadrados en Campeche y el resto en cinco municipios de Yucatán.
Según la declaratoria de causa de utilidad pública, los 70 inmuebles de propiedad privada “serán destinados para la construcción de obras de infraestructura pública relacionadas con el Proyecto Tren Maya”.
El documento de expropiación está signado por el titular de la Sedatu, Román Guillermo Meyer Falcón, “con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 1o., 2o. fracción I, 26 y 41 fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. fracción III Bis, 2o. y 3o. de la Ley de Expropiación; así como 1, 3, 5 y 6, fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”.
“Los planos topográficos de los referidos inmuebles y el expediente formado con motivo de la presente Declaratoria, quedan a disposición de todas aquellas personas físicas o morales que acrediten y justifiquen un derecho o interés jurídico, en la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, ubicada en Av. Heroica Escuela Naval Militar, número 669, Colonia Presidentes Ejidales 2a. Sección, Alcaldía Coyoacán, Código Postal 04470, en la Ciudad de México, con horario de atención de 10:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes”, indica.
“Notifíquese personalmente a los titulares de los bienes y derechos, en el domicilio que de ellos conste en el expediente correspondiente. En caso de ignorarse quiénes son los titulares o bien se desconozca su domicilio o localización, efectúese una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación, conforme a lo establecido en el artículo 2o. fracción II de la Ley de Expropiación”, agrega.
“Los interesados tendrán un plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación o de la segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación de la presente Declaratoria, para manifestar ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, lo que a su derecho e interés convenga y presenten las pruebas que estimen pertinentes”, añade.
“Previo convenio con los propietarios de los predios involucrados en la presente Declaratoria, procédase a la ocupación inmediata de los mismos, de conformidad con el artículo 9 Bis fracción III de la Ley de Expropiación”, apunta.
Consulta aquí la Declaratoria publicada en el DOF:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5718105&fecha=27/02/2024#gsc.tab=0