Por unanimidad, incluyendo a la prima política de “Alito”, los 35 diputados locales avalan reforma al artículo 72 de la Ley de Seguridad estatal.
Por Daniel Sánchez
CAMPECHE, Cam. 14 de octubre del 2021.- En la sesión de hoy, el partido del Movimiento Ciudadano se sumó al PRIANMor en el Congreso del Estado, y aprobó la primera iniciativa de Layda Sansores San Román, la “gran legisladora”, para eliminar las medidas de protección a exfuncionarios estatales.
De acuerdo con el reporte oficial de la LXIV Legislatura, la propuesta de reformar el artículo 72 de la Ley de Seguridad Pública estatal fue avalada con el voto unánime de los 35 diputados locales, incluyendo la prima política de Alejandro Moreno Cárdenas, Laura Baqueiro Ramos.
El documento aprobado señala que el propósito es “reorientar el gasto que actualmente se destina a las medidas de protección de las o los ex servidores públicos estatales y municipales, a fin de garantizar mejores acciones en materia de seguridad pública o en cualquier otra que potencie el desarrollo del estado y los municipios, para beneficio de todas las personas, dando cumplimiento a los principios de eficiencia, eficacia y honradez que ordenan la Constitución General de la República y la Constitución Política del Estado”.
Destaca que “se adopta el lenguaje incluyente, además de hacer propicia la actualización de la denominación de las dependencias vinculadas con la aplicación de esta ley, para hacerla acorde con los nombres que las identificarán una vez que entre en vigor la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado”, el próximo primero de enero del 2022.
Ya reformado, el citado numeral quedó como sigue:
“Artículo 72.- Las autoridades competentes del Estado, de así requerirse, dictarán medidas para la protección de la gobernadora o el gobernador del estado, de las personas titulares de la Secretaría de Gobierno, de la Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana, de la Fiscalía General del Estado, así como de aquellas o aquellos servidores públicos estatales que, en razón de sus funciones de seguridad pública, así lo requieran. Estas medidas se brindarán sólo durante el tiempo de su encargo.
“Las autoridades de seguridad pública de los municipios procederán conforme a lo señalado en el párrafo anterior para brindar la protección necesaria, de así requerirse, a la presidenta o al presidente Municipal, a la persona titular de la Dirección de Seguridad Pública Municipal, así como auxiliar, cuando así se les requiera, a las autoridades estatales para brindarle protección a las autoridades señaladas en el párrafo anterior.
“No se podrán asignar medidas de protección, de cualquier tipo, a exservidoras y servidores públicos estatales y/o municipales, así como la asignación de bienes que formen parte del patrimonio estatal y/o municipal y cuyos costos sean cubiertos con presupuesto estatal y/o municipal. Se exceptúa de esta disposición a las y los servidores públicos que, por causa justificada o por situaciones de riesgo, requieran las medidas de protección al concluir su encargo, las cuales, en todo caso, serán valoradas y autorizadas por las autoridades competentes.
“Bajo ninguna circunstancia, se permitirá que los recursos humanos y materiales destinados a la protección, sean utilizados para atender asuntos personales o de cualquier índole, salvo lo relacionado con la función de seguridad”.
Checa aquí la iniciativa aprobada en Congreso: