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8 marzo, 2019 Comentarios desactivados en Urge regular cannabinoides como complementos alimenticios Ideas

Urge regular cannabinoides como complementos alimenticios

Debe vigilarse desde la semilla hasta la comercialización, reconoció representante de la Asociación de Medicina Cannabinoide.

CIUDAD DE MÉXICO, 8 de marzo del 2019.- México requiere una regulación de los procesos de cultivo, distribución y comercialización de productos de la marihuana como complementos alimenticios, afirmó la doctora Alionka Citlali P. Ángeles Moreno, en el Auditorio Jaime Kravzov de la Unidad Xochimilco de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).

La representante de la Asociación Mexicana de Medicina Cannabinoide A. C. sentenció que no existe un factor para esa utilización del cannabis y que es necesario establecer mecanismos para que pueda salir al mercado, en virtud de que el artículo 169 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios establece que no es factible un suplemento alimenticio que contenga sustancias con acción farmacológica reconocida o que represente riesgo para la salud.

También existe un acuerdo que determina las plantas prohibidas o permitidas para tés, infusiones y aceites vegetales comestibles, aunque para evitar cualquier laguna legal también debe operar un control desde la semilla hasta la distribución de la planta, ya que a partir del embrión debe haber un manejo de la genética, con claridad de qué elementos se están modificando, así como sobre los porcentajes de germinación y envejecimiento acelerado.

Un segundo aspecto a regular es el protocolo de seguridad del cultivo para clasificar si la planta es o no psicoactiva, así como el etiquetado con código de barras, el rendimiento de cada plántula y la definición estricta de los desechos.

Otro elemento indispensable es la posesión de un certificado de calidad que avale la realización del análisis de pesticidas, metales pesados y tipo de carga microbiana que posee, que es la cantidad de microrganismos que contaminan el producto.

Además, es conveniente vigilar la extracción, las condiciones de la buena práctica de manufactura de la planta, la verificación de aquellas psicoactivas y la noción del rendimiento de cada mata.

En el último paso, la distribución, es necesario incluir un control de calidad para conocer acerca de solventes residuales, pesticidas y metales pesados que contenga, así como la carga microbiana y de cannabinoides. De igual modo es importante saber para qué serán empleados, es decir, si para el sector cosmético o médico.

Moreno recordó que hasta 2017, el uso recreativo del psicotrópico estuvo penalizado en México, pero fue eliminado del listado de estupefacientes absolutamente prohibidos de la Ley General de Salud, por lo que el Código Penal Federal permite la portación personal de hasta cinco gramos de marihuana.

En la Farmacopea de Estados Unidos (United States Pharmacopeia, USP) a partir de 1850, la cannabis estuvo catalogada como medicamento, pero cuando se descubrió el efecto psicotrópico en una de las especies se prohibió, sin excepciones e, incluso, en 1942 fue eliminada la monografía de la planta.

 

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