Alejandro Moreno mantiene en la ilegalidad deuda con Pemex

En su nivel más bajo en 10 años, el...

15 enero, 2018 Comentarios desactivados en “Alito” privatiza administración de peaje de Puente de la Unidad Campeche

“Alito” privatiza administración de peaje de Puente de la Unidad

Alejandro Moreno no ha hecho nada por legalizar la deuda que contrajo con Pemex, a través de un convenio “confidencial”, pero si para el fideicomiso constituido con Evercore -compañía vinculada con Pedro Aspe-, exigido por la SCT para entregarle la concesión del nuevo Puente de la Unidad.

Por Daniel Sánchez

CIUDAD DEL CARMEN, Cam. 15 de enero del 2018.- Alejandro Moreno Cárdenas no ha hecho nada por legalizar la deuda estatal que contrajo con Petróleos Mexicanos, a través de un convenio “confidencial”, pero sí ha hecho todo por legalizar el fideicomiso constituido por Evercore Casa de Bolsa S.A. de C.V., empresa vinculada con el ex secretario de Hacienda, Pedro Aspe Armella, que administra los recursos generados por el peaje en el nuevo Puente de la Unidad.

El fideicomiso fue una de las condicionantes exigidas por el gobierno federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), para entregar la concesión por 30 años de la infraestructura que comunica a la Isla del Carmen con Isla Aguada, como lo señala expresamente en el punto décimo séptimo, para lo que le dio 30 días hábiles a partir del 15 de diciembre del 2016 para constituirlo.

En el mes de diciembre del 2017, durante la aprobación del paquete económico estatal, el Congreso del Estado aprobó señalamientos expresos en las leyes de Ingresos, Presupuesto y de Hacienda para el funcionamiento de este fideicomiso, que servirá para pagar el crédito de mil 200 millones de pesos para la terminación del nuevo puente, de los cuales Moreno Cárdenas ya contrató 800 millones con Banco Santander.

La organización civil Fundar, Centro de Análisis e Investigación, señaló que “debido a la compleja naturaleza y estructura de los fideicomisos como instrumentos financieros regulados principalmente por el derecho privado, existen ventanas de opacidad sobre el ejercicio de los recursos públicos involucrados en fideicomisos, aun con los avances y fortalecimiento de la legislación en materia de transparencia”.

“Esto genera que en la práctica se conozca poco sobre la administración de los fideicomisos, las fuentes que integran su patrimonio, los conceptos de gasto, las decisiones respecto a su uso y el grado de cumplimiento de sus objetivos”, expresó.

“Los fideicomisos son herramientas financieras importantes para que el Estado impulse el desarrollo de áreas prioritaria del país, por ello consideramos relevante que aumente el grado de trasparencia y rendición de cuentas, tanto en aquellos creados desde las entidades públicas, como en aquellos que pueden estar constituidos por entes privados y que ejercen recursos públicos o tienen fines de interés público”, agregó.

“Asimismo, es necesario que para la constitución y designación de recursos públicos a fideicomisos, se considere las necesidades de impacto o mejora en los fines por los cuales se constituyó, con el fin de garantizar que estos se administren con principios de eficiencia, eficacia y economía”, puntualizó.

A nivel nacional, se ha señalado que dos empresas hicieron de las deudas estatales en el país un jugoso negocio, Protego Asesores, creada en 1996 por el ex secretario de Hacienda y Crédito Público del gobierno de Carlos Salinas de Gortari, Pedro Aspe, y Evercore México Capital Partners, de la cual el ex funcionario fue presidente de inversiones de los fondos.

Se cita como uno de los ejemplos del manejo poco claro de las deudas de los estados, el caso de Rafael Moreno Valle, donde Evercore creó un fideicomiso para ocultar el endeudamiento, pero también entregó a la compañía la administración de los ingresos del Impuesto Sobre Nómina y los de la Asistencia Pública por 50 años, como ahora hizo en Campeche, Alejandro Moreno, con el pago del peaje del nuevo Puente de la Unidad.

Los cambios en las leyes estatales

En la Ley de Presupuesto de Egresos del Estado de Campeche para el ejercicio fiscal del 2018, en el capítulo denominado “De las Obligaciones, Financiamientos y Deuda Pública”, específicamente en el artículo 40, quedó establecido que “los financiamientos contenidos en los decretos 130,136 y 150 publicados en el Periódico Oficial del Estado los días 29 de diciembre de 2016 (tercera sección), 20 de febrero (tercera sección) y ocho de mayo de 2017 (segunda sección), respectivamente, que corresponden al Nuevo Puente de la Unidad “Eugenio Echeverría Castellot”, serán la fuente de pago que correspondan a los compromisos adquiridos por el Estado en los precitados decretos”.

Estos documentos “incluyen la orden de prelación de pago a que hace referencia las Condiciones Décima Séptima, con relación a la Primera y Vigésima Sexta de la Concesión otorgada por el gobierno federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, al gobierno del estado de Campeche, fechado el 15 de diciembre de 2016, para construir, operar, explotar, conservar y mantener un puente de 3.222 kilómetros de longitud, con origen en Isla del Carmen y terminación en Isla Aguada, ubicado en el municipio de Carmen, estado de Campeche”.

En la Ley de Ingresos del Estado de Campeche para el 2018, quedó decretado que “los derechos referidos en el artículo 1, apartado 4, numerales 4.1 y 4.1.01, correspondientes al concepto de peaje por el uso del “Puente de la Unidad-Ingeniero Eugenio Echeverría Castellot”, ubicado sobre la carretera federal número 180, en el municipio de Carmen, que comunica al extremo oriente de la Isla del Carmen (Puerto Real) con la parte continental (Isla Aguada), y del “Nuevo Puente de la Unidad”…, se pagarán en la caseta de cobro del Servicio de Administración Fiscal del Estado de Campeche, dependiente de la Secretaría de Finanzas del Estado, y serán administrados en su totalidad a través de un Fideicomiso Irrevocable de Inversión, Administración y Fuente de Pago de conformidad con el título de Concesión y los Decretos 130, 136 y 150”.

En la Ley de Hacienda del Estado de Campeche, en su artículo 70, quedó referido que “por derechos de peaje por el uso del Puente “La Unidad Eugenio Echeverría Castellot”…, se cobrarán las cuotas o tarifas establecidas por el gobierno federal en las bases de regulación tarifaria contenidas en el título de concesión que se otorgó, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes al Estado de Campeche, el día 15 de marzo de 2005”.

“Por derechos de peaje por el uso del “Nuevo Puente de la Unidad, Eugenio Echeverría Castellot”, de jurisdicción federal…, se cobrarán las tarifas establecidas en las Bases de Regulación Tarifaria contenidas en el título de concesión otorgado por el gobierno federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes al Estado de Campeche, el día 15 de diciembre de 2016”, indica.

“Estos derechos se pagarán en la caseta de cobro de la Secretaría de Finanzas del Estado, y serán administrados en su totalidad a través de un Fideicomiso Irrevocable de Inversión, Administración y Fuente de Pago de conformidad con el título de Concesión y los decretos 130, 136 y 150 publicados en el Periódico Oficial del Estado”, puntualiza.

La intervención de Evercore en Campeche

Cabe recordar que en mayo pasado, este reportero publicó que de acuerdo con el acta de fallo y de firmarse el contrato respectivo, los 800 millones de pesos que se contrataron con Banco Santander, con una tasa de interés variable y una tasa efectiva de 8.21 por ciento anual, se pagaría a lo largo de los próximos 20 años con los derechos cobrados en el Puente de la Unidad o las participaciones federales que recibe el estado.

Como “fuente de pago”, se cita en el anexo A que “el gobierno del estado, a través de la Secretaría de Finanzas, constituyó el fideicomiso de administración y fuente de pago no. F/0205 con Evercore Casa de Bolsa S.A. de C.V., División Fiduciaria, al que afectará y/o transferirá como fuente de pago de las obligaciones derivadas del financiamiento, así como de cualesquier otro financiamiento contratados al amparo del Decreto número 130, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Campeche, el 29 de diciembre de 2016, los siguientes ingresos:

“Como fuente de pago y/o garantía primaria: Hasta el 100 por ciento de los derechos del cobro y de los flujos derivados de los ingresos presentes y futuros, derivados de la explotación de la concesión otorgada el 15 de marzo del 2005, por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en favor del gobierno del estado de Campeche, para operar, conservar, explotar y mantener el puente denominado La Unidad Eugenio Echeverría Castellot.

“Los derechos fideicomisarios en primer lugar al amparo del fideicomiso irrevocable de inversión, administración y fuente de pago no. 3089, celebrado el 20 de febrero del 2017, entre el estado y Banco Invex S.A. y los ingresos y flujos derivados del ejercicio de los mismos. El fiduciario del Fideicomiso 205 tendrá la calidad de único fideicomisario en primer lugar en el Fideicomiso del proyecto”.

“Como fuente de pago subsidiaria: Un porcentaje del 4.0 por ciento respecto de los derechos de cobro y/o flujos derivados de las participaciones del 100 por ciento del Fondo General de Participaciones a que hace referencia el artículo 2 de la Ley de Coordinación Fiscal. En el entendido de que la fuente de pago subsidiaria sólo podrá ser usada en caso de insuficiencia de recursos derivados de la fuente de pago primaria aplicable”.

Finalmente, se reveló que para “llevar a cabo la evaluación de las ofertas calificadas, la convocante contó con la asesoría financiera de Evercore Partners México S.R.L., representada por Héctor David González Bello, y con la asesoría legal de la firma Chávez Vargas Abogados S.C., representada por Brian J. Minutti Aguirre”.

Aquí puedes consultar la concesión de la SCT:

CONCESIÓN PUENTE

 

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