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26 marzo, 2021 Comentarios desactivados en Amplían horario y días de venta de alcohol Campeche

Amplían horario y días de venta de alcohol

La Copriscam informa que será de lunes a sábado, de 10:00 a 19:00, en supermercados, depósitos y licorerías; de lunes a domingo, de 12:00 a 18:00 horas, en lonchería y coctelería, y en minisúper, tienda, expendio, botanero, agencias y subagencias.

CAMPECHE, Cam. 26 de marzo del 2021.- La Comisión para la Protección Contra Riesgos Sanitarios del Estado de Campeche (Copriscam) dio a conocer que amplió los días y las horas de diversos establecimientos para que venden bebidas alcohólicas.

En un comunicado, el comisionado Santiago Rodríguez Adam destacó que los supermercados, depósitos y licorerías podrán vender bebidas alcohólicas de martes a sábado, de 10:00 horas hasta las 19:00 horas, una hora y un día más que la vez anterior.

“Lonchería y coctelería, de lunes a domingo, de 12:00 hasta las 18:00 horas; minisúper, tienda de abarrotes, expendio, botanero, agencias y subagencias, de martes a sábado, de 10:00 hasta las 19:00 horas; restaurantes, de lunes a domingo, de 13:00 hasta la 01:00 horas; distribuidora, de lunes a sábado, de 9:00 hasta las 18:00 horas; franquicia y tiendas de conveniencia, de martes a sábado, de 10:00 hasta las 19:00 horas; y hotel y motel, de lunes a domingo, de 13:00 hasta las 00:00 horas”, detalló.

El funcionario precisó que se informa la modificación del numeral Primero del acuerdo de fecha de 12 de septiembre de 2020, y modificado el día 18 de diciembre de 2020, publicados en el Periódico Oficial del Estado, determinando como una medida preventiva, temporal y gradual la ampliación del día y hora de funcionamiento en los establecimiento que clasifica y define el artículo 4 de este ordenamiento jurídico a partir del día 27 de marzo de 2021, y se mantendrá vigente hasta en tanto al autoridades sanitaria competente determine la aplicación de medidas sanitarias epidemiológicas de prevención y contención del Covid-19.

Declaró que los demás establecimientos mercantiles que clasifica y define el artículo 4 de la Ley para la Venta Ordenada y Consumo Responsable de Bebidas Alcohólicas del Estado de Campeche, deberán cumplir con los días y horas de funcionamiento previamente establecidos en la disposición emitida con fecha 12 de septiembre de 2020 y modificada el 18 de diciembre de 2020, publicadas en el Periódico Oficial del Estado.

Resaltó que también deberán cumplir con todas las medidas establecidas en las disposiciones emitidas del día 12 de septiembre de 2020 y 18 de diciembre de 2020 por la Junta Reguladora para la Venta Ordenada y Consumo Responsable de Bebidas Alcohólicas del Estado de Campeche, las cuales se mantienen vigentes hasta que se emitan nuevas disposiciones.

“Los establecimientos mercantiles que clasifica y define el artículo 4 de la Ley para la Venta Ordenada y Consumo Responsable de Bebidas Alcohólicas del Estado de Campeche que realicen la actividad de: Centro Nocturno, Cabaret, Cantina, Salón cerveza, bar, salón billar o boliche, casino, charrería, discoteca y salón de baile, se mantiene la prohibición de vender y consumir bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, hasta en tanto la autoridad sanitaria competente establezca la modificación de las medidas para la mitigación y control del Covid-19”, puntualizó.

 

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