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6 abril, 2019 Comentarios desactivados en Con “Alito”, atrasos en Ley de Educación estatal Campeche

Con “Alito”, atrasos en Ley de Educación estatal

La CNDH señala que hay que materializar las leyes para el pleno ejercicio de los derechos humanos y sus contenidos no sean letra muerta, y detalla los atrasos de Alejandro Moreno y su Congreso en armonizar la Ley de Educación estatal para garantizar libre expresión, no discriminación y no regresividad.

Por Daniel Sánchez

CIUDAD DE MÉXICO, 6 de abril del 2019.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) determinó que la administración de Alejandro Moreno Cárdenas y el Congreso del Estado a su servicio mantienen a los campechanos sin garantías para el derecho a la libertad de expresión y la no discriminación, así como la no regresividad, en materia educativa.

Al dar a conocer el avance de los estados del país en la plataforma de seguimiento a la armonización normativa de los derechos humanos, en materia de educación, el organismo nacional informó que la entidad campechana tiene avance de un 60 por ciento en los derechos a la libertad de expresión, a la no discriminación y la no regresividad.

En los tres casos, establecidos como una obligación en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Ley de Educación del Estado de Campeche tiene carencias e insuficiencias.

En el derecho a la libre expresión, no está armonizado totalmente el artículo 11, fracciones XI y XII, de la Ley de Educación estatal; en el derecho a la no discriminación, los artículos 7 y 11, fracciones XXVII y XXVIII, y en la no regresividad, los artículos 7, 13, fracción VII; 22-1 párrafo segundo.

En los tres casos, la CNDH advierte que “en los artículos señalados de la normatividad analizada sólo se enuncian los derechos humanos previstos en esta disposición jurídica, omitiendo los recursos normativos necesarios para garantizar su aplicabilidad”.

“Se trata de un primer paso que requiere su continuación para lograr la efectiva observancia de esos derechos. Es decir, la norma debe garantizar un efecto útil en la promoción, respeto, protección y garantía del derecho a la educación, y con ello dar cumplimiento al mandato de armonizar la legislación a la luz de lo establecido en el bloque constitucional”, puntualizó.

Hay 21.3 millones de mexicanos en rezago educativo

A nivel nacional, la Comisión alertó a sociedad y autoridades sobre la existencia en México de 21.3 millones de personas en rezago educativo, a pesar de que el promedio de la armonización del derecho a la educación en las legislaciones locales es del 85.31 por ciento, lo que evidencia la importancia de que las leyes impacten en la vida de las personas y se materialicen para el pleno ejercicio de sus derechos.

Al presentar la Plataforma de Armonización Normativa. Análisis en Materia de Educación, el Sexto Visitador General de la CNDH, Jorge Ulises Carmona Tinoco, reveló que esa herramienta, implementada por la Comisión Nacional, registra los avances que se dan en la recepción dentro del orden jurídico nacional de las normas contenidas en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte.

En ese contexto, destacó que las entidades federativas que cuentan con el 92 por ciento de armonización normativa del derecho a la educación son Querétaro, San Luis Potosí y Zacatecas. y las que presentan avance menor al 80 por ciento, Nayarit, Oaxaca y Puebla, lo cual indica que la armonización normativa es fundamental para facilitar la exigibilidad de derechos a las autoridades, además de impactar en la vida de las personas, es decir, materializarse mediante su aplicación.

Explicó que en el caso de nuestro país, de acuerdo con el examen normativo efectuado, se identificó el siguiente avance: al derecho a recibir educación con disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad (100 por ciento); a la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales (95 por ciento); a la libertad de expresión (64.38 por ciento); a la libertad de información y comunicación (73.13 por ciento); a los beneficios de la cultura (97.5 por ciento); al acceso al progreso científico y tecnológico (98.75 por ciento); a la no discriminación (85 por ciento); al acceso a los servicios educativos a personas con discapacidad (91.25 por ciento); libertad académica y autonomía en instituciones de educación superior (65 por ciento); y, no regresividad (83.13 por ciento).

Al leer un mensaje en representación del Ombudsperson nacional, Luis Raúl González Pérez, el Sexto Visitador de la CNDH indicó que a partir de 2011, en México se presentó un nuevo escenario constitucional en materia de derechos humanos, que impacta de manera positiva en la vida de las personas respecto del reconocimiento a su dignidad y amplia el catálogo de fuentes de derechos que pueden exigir todas las personas, con base en los instrumentos internacionales vinculantes para el Estado mexicano.

Expresó que dicho carácter vinculante motiva necesariamente acciones para su incorporación a la legislación, siendo la primera de ellas, la armonización normativa que los haga operables y aplicables a casos concretos, con el propósito de acercarlos a toda la población para que conozcan sus derechos y, por supuesto, a los operadores jurídicos, en específico autoridades, para que realicen su actividad de manera efectiva.

El Ombudsperson nacional subrayó que se ha dado un paso muy importante al integrar las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos al sistema jurídico nacional; sin embargo, de no impulsar su efectivo cumplimiento, sería crear letra muerta en nuestras leyes, situación que no se puede permitir.

Carmona Tinoco agregó que la Agenda 2030 de la ONU para el Desarrollo Sostenible es una hoja de ruta para cumplir las obligaciones contenidas en instrumentos internacionales vinculantes para garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y recordó que recientemente este organismo nacional consideró que la falta de un verdadero reconocimiento y respeto del derecho a la educación inclusiva de las personas con discapacidad en el país, demanda fortalecer e implementar medidas sustantivas en los ámbitos federal y estatal para transitar plenamente como nación a ese modelo educativo en todos los niveles (educación básica, media y superior), y así garantizar ese derecho a las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás.

 

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