¿Por qué un Día Internacional de las Niñas?

16 octubre, 2017 Comments (0) Ideas

La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Por Héctor Malavé Gamboa

En su momento, la Ley de Transparencia establecía como obligatorio el principio de transparencia en la gestión pública gubernamental, garantizaba del derecho a la información pública de forma amplia y gratuita, además de fijar los procedimientos para acceder a ella con sencillez

En el 2005, los convergentes presionaron por la vía diplomática y la conciliación al gobierno de Jorge Carlos Hurtado Valdez y cedieron parte de su identidad de lucha para lograr que se aprobara la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la cual fue un gran avance democrático, útil para ciudadanos, periodistas, científicos sociales, entre otros. Además, su agenda legislativa impulsaba más leyes y reformas: la Ley de Vialidad y una Reforma de Estado. La dirigencia de Convergencia sostuvo varias pláticas con el gobernador en una muestra de diálogo. “Hoy no es tiempo de luchar en la banqueta, sino en una mesa de diálogo que nos parece muy civilizado y en dónde estamos poniendo de nuestra parte”, aseveró Layda Sansores San Román. Los convergentes pidieron un frente común con el gobierno y otros partidos para exigir más recursos a Campeche por parte de la Federación.

Convergencia fue el primer partido político que dio a conocer el monto de sus recursos públicos y su ejercicio anual, 226 mil 500 pesos, en su página de internet. En lo doméstico, Aníbal Ostoa Ortega, con el apoyo del abogado Roger Reyes, se dio a la tarea de armar los fundamentos jurídicos. La Ley de Transparencia, que fue la más moderna de la República, se fue construyendo pacientemente, por la vía política, con el gobierno de Hurtado, lo que no pasó desapercibido para la poca prensa política crítica, como el POR ESTO!, que lo percibió como una subordinación. A cambio, la bancada de Convergencia votó por las iniciativas gubernamentales, como la entrega de terrenos estatales al Grupo Mall. Al mismo tiempo, Hurtado recibió duras críticas por los funcionarios priistas que se verían expuestas al escrutinio social.

Más aún, los vientos de conciliación se hicieron más notorios cuando el martes cuatro de enero de 2005, se anunció la incorporación de la vicepresidenta del partido naranja, Guadalupe Nagarián, a la Secretaría de Pesca, siendo su secretario Ramón Ochoa Peña. La vicepresidencia la ocupó un ex panista, José Jesús Durán Reyes, el jueves 10 de marzo de 2005, al mismo tiempo que Roger Herrara Contreras ocupó la presidencia del Comité de Calkiní, era una coyuntura de renovación de los comités municipales rumbo al proceso electoral del 2006, en donde Convergencia daría su apoyo a Andrés Manuel López Obrador.

El 30 de junio de 2005, luego de tres encuentros con el gobernador, los 35 diputados aprobaron por unanimidad la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. La comunidad periodística de Campeche hizo lo suyo, presionando, causó simpatías entre los diversos actores políticos que la asumieron como un logro democrático del gobernador, entre ellos Margarita Alfaro Waring, inclusive representantes de Acción Nacional la vieron como un gran avance, lo que en realidad fue. No obstante, la siguiente legislatura, con el apoyo de los diputados convergentes, como Arturo Moo Cahuich y Angelita López Paat, la harían retroceder.

En su momento, la Ley de Transparencia establecía como obligatorio el principio de transparencia en la gestión pública gubernamental, garantizaba del derecho a la información pública de forma amplia y gratuita, además de fijar los procedimientos para acceder a ella con sencillez. Además, pugnó por mejorar la organización, la sistematización y manejo de todo tipo de documentos en posesión de los sujetos obligándolos por Ley a través de lineamientos que establecía la comisión, garantizando la protección de datos personales en posesión de entes públicos. Favorece la rendición de cuentas a los gobernadores y regula la integración y funcionamiento de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, como organismo que promueva el derecho a la información.

La ley consta de cinco títulos, 81 artículos y seis transitorios. Abarca disposiciones generales, obligaciones de transparencia, archivos públicos, acceso a la información pública, información pública restringida, protección de datos personales y procedimientos de accesos a la información pública. En su conformación y atribuciones, se señala que la comisión vigilará el cumplimiento de la ley, promoverá el acceso a la información pública, el recurso de revisión, su plazo de cómputo para interponerlos, responsabilidades y sanciones.

Se establece que el servidor público que no cumpla con las obligaciones del artículo cinco, referente a actualización de información (puestos, salarios, tabuladores, programas, obras, etc.) será sancionado con amonestación, de no cumplir en máximo de tres meses se les suspenderá de sus funciones. La comisión se integrará a los 150 días siguiente a su entrada en vigor y expedirá su reglamento dos meses después. Salvador López Espínola tuvo a bien en elogiar a los diputados de Convergencia, titulándola Ley Aníbal, en referencia al presidente de la bancada naranja.

En síntesis, la Ley de Transparencia señala los siguientes aspectos:

  • Obligaciones a entidades públicas
  • Manejo de Archivo Público
  • Consultas y acceso a la información
  • Catálogo de Información de entidades públicas
  • Costos de reproducción de información
  • Las obligaciones de los usuarios
  • Unidades de Acceso a la información
  • Información reservada y confidencial
  • Protección de Datos Personales
  • La integración de la comisión de Transparencia y acceso a la información publica

Convergencia también propuso una Reforma Electoral, Reformas a la Constitución y al Código de Procedimientos Electorales (Codipec). Se propuso modificar el art. 24 fracción II de Constitución, que cambiaba la proporción actual de financiamiento a actividades ordinarias y de comunicación social de 30% a 70% para una distribución más justa y equitativa.  En cuanto, al Codipec impulsó iniciar en cinco libros del código, nueve títulos, 14 capítulos y proponía la modificación de 23 artículos, la creación de once más y la incorporación de un nuevo capítulo, abordando un total de 15 temas, entre los que destaca regular la propaganda electoral, prohibirla fuera de los periodos establecidos en el código e incluso no otorgar el registro al candidato que viole las disposiciones, reducir los tiempos de campaña a dos meses, disminuyendo los costos y erogación de recursos públicos para la actividad política.

En torno a las reformas al Código Penal del Estado, Convergencia sugirió la modificación del artículo 381 para penalizar no sólo a quien vote sin contar con los requisitos necesarios pedidos por la ley, sino también a quien los intentare. Además de sancionar al federativo público que al día de la elección se niegue a dar fe de los hechos irregulares durante la jornada electoral o no se encuentre disponible para tal fin, sin causa justificada.

Finalmente, Convergencia propuso la inclusión de un nuevo artículo, el 361, cuya finalidad era perseguir de oficio los delitos electorales a fin de que la autoridad actúe al tener conocimiento de los hechos presentándoles las pruebas, sin que exija denuncia de por medio.

 

Comparte esta nota:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *