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9 octubre, 2019 Comentarios desactivados en Ya hay Ley de Austeridad Republicana México

Ya hay Ley de Austeridad Republicana

Avala Cámara de Diputados, con cambios, minuta que expide la Ley Federal de Austeridad Republicana. Ahora sólo falta que el Ejecutivo la publique en el Diario Oficial de la Federación, par que entre en vigor.

CIUDAD DE MÉXICO, 9 de octubre del 2019 (Notilegis).- La Cámara de Diputados federal aprobó, con cambios, la minuta que expide la Ley Federal de Austeridad Republicana, que le fue devuelta por el Senado de la República.

El pleno la validó en lo general con 321 votos a favor, 124 en contra y una abstención, y posteriormente, en lo particular con 272 votos en pro, 154 en contra y tres abstenciones, tras avalar una reserva de un diputado de Morena y desechar cuatro presentadas por diputados de PAN, PRD, MC y Morena.

El documento fue turnado al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El dictamen, además de expedir Ley Federal de Austeridad Republicana, reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El pasado 30 de abril, la Cámara de Diputados aprobó un primer dictamen y lo remitió al Senado de la República para su análisis, que lo validó con cambios el pasado primero de julio, y lo devolvió a su colegisladora.

La modificación principal fue al artículo 24 de la Ley Federal de Austeridad Republicana para establecer que los servidores públicos de mando superior que se separen de su cargo “no podrán ocupar puestos en empresas que hayan supervisado, regulado o respecto de las cuales hayan tenido información privilegiada en el ejercicio de su cargo público, salvo que hubiesen transcurrido al menos 10 años”. El dictamen original señala un periodo de cinco años.

La discusión inició a las 17:34 horas con la fundamentación del dictamen de la minuta, en tribuna, a cargo del diputado Erasmo González Robledo (Morena), el cual fue elaborado por las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Púbico, y de Presupuesto y Cuenta Pública.

Posteriormente, hicieron uso de la tribuna diputados de los ocho grupos parlamentarios para fijar la postura de sus bancadas, y después diversos legisladores hablaron en pro y en contra del dictamen.

A favor lo hicieron Carlos Javier Lamarque Cano (Morena), Jacobo David Cheja Alfaro (MC), Agustín García Rubio (Morena), Benjamín Saúl Huerta Corona (Morena), Óscar González Yáñez (PT), Marco Antonio Andrade Zavala (Morena),

En contra, Pedro Pablo Treviño Villarreal (PRI), Abril Alcalá Padilla (PRD), Cecilia Patrón Laviada (PAN), Soraya Pérez Munguía (PRI), Claudia Pastor Badilla (PRI), Sergio Fernando Ascencio Barba (PAN),

Contenido de la ley

El ordenamiento legal está conformado por 30 artículos, divididos en cuatro títulos (I. Disposiciones generales, II. De la austeridad republicana de Estado, III. Del comportamiento austero y probo de los servidores públicos, IV. De la evaluación de la política de austeridad republicana y del financiamiento de responsabilidades).

“Tiene por objeto regular y normar las medidas de austeridad que deberá observar el ejercicio del gasto público federal y coadyuvar a que los recursos económicos de que se dispongan se administren con eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez, conforme lo establece el artículo 134 de la Constitución Política”.

Define a la austeridad republicana como “conducta republicana y política de Estado que los entes públicos, así como los poderes Legislativo y Judicial, las empresas productivas del Estado y sus empresas subsidiarias, y los órganos constitucionales autónomos, están obligados a acatar de conformidad con su orden jurídico, para combatir la desigualdad social, la corrupción, la avaricia y el despilfarro de los bienes y recursos nacionales, administrando los recursos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados”.

Estipula que para aplicar la política de austeridad republicana, los entes públicos deberán abstenerse de afectar negativamente los derechos sociales de los mexicanos; enfocar las medidas de austeridad preferentemente en el gasto corriente no prioritario, y evitar reducir la inversión en la atención a emergencias y desastres naturales o provenientes de la actividad humana.

Establece la prohibición de contratar con recursos públicos cualquier tipo de jubilaciones, pensiones y regímenes especiales de retiro, de separación individualizada o colectiva, así como seguros de gastos médicos privados, seguros de vida o de pensiones que se otorguen en contravención a lo dispuesto en decreto o alguna disposición general, condiciones generales de trabajo o contratos colectivos de trabajo.

Agrega que, por ningún motivo, se autorizarán pensiones de retiro al titular del Ejecutivo federal adicionales a la provista por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), correspondiente al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

En su régimen transitorio se señala que se prohíbe y se cancela cualquier tipo de pensión que se hubiere creado exprofeso para el beneficio de los expresidentes de la República, así como la asignación para éstos de personal civil o de las Fuerzas Armadas, y de bienes muebles o inmuebles del patrimonio federal.

Discuten modificaciones en Senado

La discusión de la minuta se centró en las modificaciones realizadas por el Senado de la República a los artículos 17 y 24 de la Ley Federal de Austeridad.

En el artículo 17 se establece que “la constitución o celebración de fideicomisos o mandatos queda prohibida en las siguientes materias:” salud, educación, procuración de justicia, seguridad social y seguridad pública.

Se agrega que lo anterior no será aplicable cuando dichos fideicomisos o mandatos estén previstos en ley, decreto o tratado internacional.

Para los demás casos, los entes públicos de la administración pública federal sólo podrán constituir fideicomisos o mandatos cuando sean autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en términos de lo previsto en la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Bajo ninguna circunstancia, se podrán hacer aportaciones, transferencias, o pagos de cualquier naturaleza utilizando instrumentos que permitan evadir las reglas de disciplina financiera, transparencia y fiscalización de gasto.

El artículo 24 establece que los servidores públicos comprendidos en los grupos jerárquicos de mando superior a que se refiere el manual de percepciones, previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que por cualquier motivo se separen de su cargo, no podrán ocupar puestos en empresas que hayan supervisado, regulado o respecto de las cuales hayan tenido información privilegiada en el ejercicio de su cargo público, salvo que hubiesen transcurrido al menos diez años.

Al fundamentar el dictamen, el secretario de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, diputado Erasmo González Robledo (Morena), explicó que las comisiones dictaminadoras consideraron que el artículo 17 de la minuta presentada por la colegisladora realiza modificaciones que tienen un carácter de obviedad y que optimizan la redacción del texto.

“Se estima conveniente especificar las funciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la materia, pues es la única entidad encargada de crear fideicomisos por mandato del Ejecutivo federal”, apuntó.

Sobre los cambios al artículo 24, precisó que contiene adecuaciones que fortalecen el combate a la corrupción y es de suma importancia que se tenga certeza sobre el actuar de los funcionarios públicos que intervienen en los asuntos de toma de decisión de Estado.

El dictamen, agregó, busca garantizar que la política de austeridad republicana persevere en el tiempo. Además, regular las acciones de austeridad que se apliquen al gasto público y contribuir a la aplicación de una administración eficaz de los recursos públicos, con el objeto de evitar interpretaciones contrarias al sentido de la ley.

El documento, continuó, propone una definición amplia, clara y necesaria de lo que debe entenderse por austeridad republicana. Afinar y precisar que el plazo durante el cual los servidores, exservidores públicos de mando superior no podrán emplearse en empresas privadas, mismo que será de 10 años.

González Robledo añadió que es necesario precisar que las empresas a las que se refiere el dictamen son aquellas que hayan sido supervisadas, reguladas o de las que tuviere información privilegiada el servidor público. Asimismo, se considera como falta grave toda violación a las disposiciones sobre fideicomisos establecida en la Ley Federal de Austeridad Republicana.

 

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