En 2017, alcaldes priístas desviaron 11.3 millones en Escárcega

Múltiples irregularidades de alcaldes priístas en Escárcega

4 noviembre, 2018 Comentarios desactivados en “Alito” mantiene desprotegidos a los indígenas campechanos Campeche

“Alito” mantiene desprotegidos a los indígenas campechanos

La CNDH señala que Campeche tiene un 60% de avance en la armonización legislativa sobre derechos de los pueblos indígenas/Falta armonización de las Constituciones federal y locales con estándares internacionales.

Por Daniel Sánchez

CAMPECHE, Cam. 4 de noviembre del 2018.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dio a conocer que “más de 25 millones de personas indígenas en el país están imposibilitadas de ejercer plenamente sus derechos fundamentales”, entre ellas las de Campeche, porque Alejandro Moreno Cárdenas no ha terminado de hacer la armonización legislativa, ni de adecuar del todo la Constitución local.

De acuerdo con el Estudio Seguimiento a la Armonización Normativa de los Derechos Humanos: “Derechos de las personas, pueblos y comunidades indígenas”, de la CNDH, el estado de Campeche tiene un porcentaje de avance global del 60 por ciento.

No se han terminado de establecer las 14 disposiciones jurídicas necesarias en la Carta Magna local, en las leyes estatales para Prevenir, Combatir y Sancionar Toda Forma de Discriminación; de Derechos, Cultura y Organización de los Pueblos y Comunidades Indígenas; para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Especificó que las disposiciones que faltan por establecer son: Respeto a la integridad de los pueblos, derecho a la no discriminación, de reconocimiento y protección de derechos y valores, a ser consultados, a decidir sus prioridades, a conservar costumbres e instituciones, de las mujeres indígenas a una vida libre de violencia, a la propiedad y posesión sobre tierras, a preservar su lengua indígena, a la igualdad de género, a la libre determinación, autonomía.

También están el derecho a tener acceso a las funciones públicas y a participar en la toma de decisiones de los asuntos públicos, a la participación de los pueblos indígenas, y de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y conceptos de inferioridad o subordinación.

En un comunicado, la Comisión Nacional manifestó que “mientras la armonización legislativa entre las normas mexicanas de los derechos de las personas, pueblos y comunidades indígenas y los criterios internacionales es de 55.71 por ciento en el orden federal, en el ámbito de las entidades federativas es en promedio del 62.68 por ciento.

“Diez entidades federativas registran avance global inferior al 60 por ciento en la armonización legislativa y al no adecuar totalmente sus Constituciones, Aguascalientes, Baja California Sur, Ciudad de México, Coahuila, Michoacán, San Luis Potosí, Tamaulipas, Zacatecas, Nuevo León y Puebla, incumplen la obligación internacional de hacer efectivos, en toda su integridad, los derechos y libertades de las personas indígenas”, expresó.

La Cuarta Visitadora General de la CNDH, Eréndira Cruzvillegas Fuentes, señaló que el mayor porcentaje de avance global de armonización en este tema se dio en Hidalgo y Chiapas, con 77.14 y 77.43 por ciento, respectivamente; Durango, Jalisco, Morelos, Oaxaca y Tabasco, 68.57 por ciento; Baja California, Chihuahua, Estado de México, Guanajuato, Querétaro, Sinaloa y Tlaxcala, 65.71 por ciento; en 62.86 por ciento están Guerrero, Quintana Roo, Yucatán y Nayarit; y en 60 por ciento, Campeche, Colima, Sonora y Veracruz.

Explicó que el estudio tomó como punto de partida diversos instrumentos internacionales a partir de los cuales se extrajo un listado de 14 disposiciones jurídicas que fueron analizadas en la legislación nacional, alcanzando el mencionado 62.68 por ciento de avance en la armonización, y respecto del porcentaje total de avance correspondiente a cada disposición jurídica, construido a partir de las calificaciones de cada entidad federativa, apuntó que el derecho al respeto a la integridad de los pueblos y comunidades indígenas alcanzó 54 por ciento; derecho a la no discriminación, 69 por ciento; derecho a la participación de los pueblos indígenas, 70 por ciento.

Coincidieron en 60 por ciento los derechos de los pueblos y comunidades indígenas de ser consultados; a decidir sus prioridades; a la libre determinación y autonomía; de reconocimiento y protección de derechos y valores; a la igualdad de género, y el derecho de las niñas y mujeres indígenas a ser valoradas y educadas libres de patrones, estereotipos de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación.

El derecho a conservar costumbres e instituciones, 76 por ciento; derecho a preservar su idioma indígena, 64 por ciento; derecho a la propiedad y posesión sobre sus tierras; 63 por ciento, derechos de las niñas y mujeres indígenas a una vida libre de violencia, y 61 por ciento, el derecho a tener acceso a las funciones públicas y a participar en la toma de decisiones en los asuntos públicos.

La CNDH aclaró que dado que el marco jurídico de protección a los derechos de las personas, pueblos y comunidades indígenas es muy extenso, el estudio no abarcó la totalidad del mismo y deberá entenderse como un primer avance en que se agotaron cuatro leyes en cada entidad federativa, tratándose de las legislaciones en materias de derechos de las personas indígenas; salud; discriminación y educación, y se estableció el 31 de agosto de 2018 como fecha de corte para la extracción de la normatividad analizada, por lo que cualquier modificación que haya sido realizada posterior a dicha fecha no fue contemplada en el mismo.

El organismo nacional precisó que ha desarrollado una Plataforma de Seguimiento a la Armonización Normativa de los Derechos Humanos, que tiene como objetivo fundamental presentar un panorama sobre la recepción de las normas del Derecho internacional de los derechos humanos en nuestro país, a partir de la reforma constitucional de 2011, mediante la medición del grado de avance en el proceso de armonización normativa en los ámbitos federal y local.

En dicha revisión se analiza el grado de armonización del contenido de los instrumentos vinculantes para nuestro país, así como una aproximación sobre la revisión acerca de si ha sido

realmente incorporado y “hecho efectivo” para poder ser puesto en práctica el contenido de los diversos derechos. Debido a lo anterior, la revisión incorpora, por un lado, el control de convencionalidad establecido en la propia norma y, al mismo tiempo, la armonización específica del contenido de los derechos determinados en las diversas fuentes vinculantes.

El Estudio Seguimiento a la Armonización Normativa de los Derechos Humanos: “Derechos de las personas, pueblos y comunidades indígenas” puede consultarse en la siguiente liga:

http://armonizacion.cndh.org.mx/Armonia/Armonizacion

 

Comparte esta nota:

Comments are closed.