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29 julio, 2020 Comentarios desactivados en Aportan información IEEC e INE en impugnación a reforma electoral Campeche

Aportan información IEEC e INE en impugnación a reforma electoral

La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio cuenta de que la presidente del Consejo General del IEEC y el director jurídico del INE contestaron su solicitud de información, en el marco de la acción de inconstitucionalidad presentada por Morena contra reformas a Ley electoral de Campeche.

Por Daniel Sánchez

CAMPECHE, Cam. 29 de julio del 2020.- El Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC) y el Instituto Nacional Electoral (INE) respondieron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la acción de inconstitucionalidad presentada por el dirigente nacional del partido Morena, Alfonso Ramírez Cuéllar, contra la reforma electoral aprobada por el Congreso del Estado de Campeche, incluidos los diputados morenistas.

La SCJN informó que “vía electrónica, la consejera presidenta del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, mediante los cuales desahoga el requerimiento formulado” y en el que confirma “que el próximo proceso electoral a celebrarse en el estado de Campeche, iniciará en el mes de enero de 2021”.

Esto, precisó, es “de conformidad con el Transitorio Segundo del Decreto 135 emitido por la LXIII Legislatura del Congreso del Estado de Campeche, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 29 de mayo de 2020, a través del cual se reformó la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche”.

“El contenido del transitorio establece lo siguiente: SEGUNDO.- Por única ocasión, y derivado de la situación de emergencia sanitaria generada por el virus SARSCoV2 (COVID-19), el proceso electoral estatal ordinario para el 2020-2021, iniciará en el mes de enero de 2021, año de la elección, debiendo el Instituto Electoral, aprobar y realizar los ajustes necesarios a los plazos, términos y procedimientos establecidos en esta Ley de Instituciones, incluyendo la designación e instalación de los consejos distritales y municipales, a fin de garantizar la debida ejecución de todas las actividades preparatorias y demás relativas al inicio y desarrollo del proceso electoral contenidos en la normativa electoral vigente”, indicó.

La Suprema Corte dio a conocer que también recibió un “oficio y anexos del director jurídico del Instituto Nacional Electoral, por los que desahoga el requerimiento formulado, al remitir copia certificada de los estatutos vigentes del Partido Político Nacional Morena, así como de las certificaciones de su registro vigente y precisar quiénes ejercen la representación legal de dicho partido e integración de su órgano de dirección nacional”.

La acción de inconstitucionalidad contra las reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electoral del Estado de Campeche fue promovida directamente por el presidente del Comité Ejecutivo Nacional del partido Morena, Alfonso Ramírez Cuéllar, quien pretende corregir lo que aprobaron sus diputados en el Congreso del Estado.

A la sesión del 26 de mayo del 2020 del Congreso, donde fue aprobada por unanimidad la reforma electoral, asistieron ocho de los 11 legisladores morenistas: José Luis Flores Pacheco, mejor conocido como el “diputado primoroso”; Rashid Trejo Martínez, Ricardo Sánchez Cerino, Celia Rodríguez Gil, Sofía Taje Rosales, Eduwiges Fuentes Hernández, Selene Campos Balam y Xóchitl Mejía Ortiz, y faltaron María Sierra Damián, Claudeth Sarricolea Castillejo y Joaquín Alberto Notario Zavala.

La institución partidista presentó una acción de inconstitucionalidad, a la cual ya dio trámite y entrada el pleno de la Suprema Corte, y quedó bajo el número de expediente 134/2020, en la cual reclama la invalidez de las nuevas disposiciones en seis artículos de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche.

Específicamente, el representante del partido morenista impugnó el decreto número 135 de la LXIII Legislatura local, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones en los artículos 150, 63 fracción XVIII, 316, 413, 583 fracción V, y 612, párrafo tercero, de la Ley electoral campechana.

Para la resolución de la acción de inconstitucionalidad 134/2020, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) solicitó información a los poderes Legislativo y Ejecutivo del estado de Campeche, al Instituto Nacional Electoral y al Instituto Electoral del Estado de Campeche, y pidió la opinión de la Fiscalía General de la República, la Consejería Jurídica del Gobierno Federal y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Hasta ahora, sólo el INE y el IEEC respondieron a la solicitud del máximo tribunal del país.

 

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