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4 abril, 2019 Comentarios desactivados en Expone Artículo 19 intento de censura a Página 66 Campeche

Expone Artículo 19 intento de censura a Página 66

En su Informe Anual 2018: Ante el silencio, ni borrón, ni cuenta nueva, la organización civil retoma el caso de este medio de comunicación y el Grupo Altavista, que pretende censurar la nota que habla de los “Malos antecedentes de empresa que contrató “Alito” para videovigilancia”.

Por Daniel Sánchez

CAMPECHE, Cam. 4 de abril del 2019.- En su Informe Anual 2018: Ante el silencio, ni borrón, ni cuenta nueva, la organización Artículo 19 retomó como ejemplo el intento de censura del Grupo Altavista a Página 66 por publicar la nota “Malos antecedentes de empresa que contrató “Alito” para videovigilancia”, a través del mecanismo de “notificación y retirada”.

En un apartado denominado “Abuso de la protección a la propiedad intelectual como herramienta para censurar”, la agrupación civil manifestó que “el 19 de enero de 2018, el portal del medio de comunicación Página 66 difundió la nota “Malos antecedentes de empresa que contrató ‘Alito’ para videovigilancia”.

“El reportaje aporta información sobre la firma de un contrato del gobierno de Campeche con la empresa Interconecta —filial del Grupo Altavista— para la provisión de servicios de videovigilancia (65). La nota hace referencia a los antecedentes de defraudación fiscal de la empresa, según datos de la Auditoría Superior de la Federación”, expresó.

“En agosto de 2018, Página 66 comenzó a recibir mensajes en su portal de Facebook de presuntos representantes de Grupo Altavista, que le exigían eliminar la nota de su portal, bajo justificaciones de protección a su marca; de lo contrario, emprenderían acciones legales en su contra (66)”, indicó.

“Tras el rechazo de eliminar la nota, Grupo Altavista activó un mecanismo de remoción de contenidos conocido como “notificación y retirada” (67). Grupo Altavista acudió a Digital Ocean, proveedor de servicio de alojamiento del sitio web (68) de Página 66, ubicado en Estados Unidos, y alegó el “uso indebido” de su marca registrada por parte de Página 66”, agregó.

Artículo 19 manifestó que “como respuesta, Digital Ocean contactó al medio y le exigió eliminar la nota en un plazo de tres días o el acceso a su portal le sería inhabilitado. La inhabilitación del acceso a la nota de Página 66 hubiera sido irreversible para el flujo informativo de interés público”.

“Tras un proceso acompañado por Artículo 19, la nota continúa disponible en el portal. Sin embargo, aún existe la posibilidad de que ésta sea eventualmente retirada y que, además, Grupo Altavista recurra a interponer una demanda al medio por una supuesta vulneración a su propiedad intelectual”, expuso.

Al respecto, señaló que “la propiedad intelectual puede entenderse como un conjunto de derechos que son reconocidos en favor de creadores de cierto contenido. Para su protección se utilizan recursos (entre los principales) como el derecho de autor, las marcas y las patentes. Mientras que el reconocimiento y la protección a la propiedad intelectual contribuye a la generación de incentivos para que las personas innoven en distintos ámbitos, en muchas ocasiones este derecho ha sido utilizado para causar efectos nocivos, como recurso para silenciar voces informativas (69) críticas o disidentes. Tal es el caso de Página 66”.

La organización civil aseguró que identifica “qué regulaciones y mecanismos encaminados a la protección de derechos asociados a la propiedad intelectual se han utilizado cada vez más para desalentar la creatividad y reprimir la libre expresión y el libre intercambio de información e ideas, con el fin de proteger los intereses exclusivos de propiedad, obviando el hecho de que el libre flujo de información es fundamental no sólo para el acceso al conocimiento, al desarrollo y a la cultura (70), sino también para la consolidación y el funcionamiento de una auténtica democracia”.

“Lo anterior es de especial relevancia dado el acelerado desarrollo de protección a la propiedad intelectual en México, especialmente el derecho de autor, que en 2018 se perfiló en diversas disposiciones restrictivas de carácter legislativo y comercial que, invariablemente, tendrán impacto en la manera en que la protección a la propiedad intelectual se utiliza de manera abusiva para restringir contenidos en internet”, abundó.

“Por un lado, se reformó la legislación especial en materia de derechos de autor y, por el otro, se firmó el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá”, advirtió.

NOTAS:

(65) Sánchez, Daniel, “Malos Antecedentes de Empresa que Contrató ‘Alito’ para Videovigilancia”, Página 66, 10 de enero de 2018, https://www.pagina66.mx/malos-antecedentes-de-empresaque-contrato-alito-para-videovigilancia/

(66) ARTICLE 19, “Amenazas contra medio PÁGINA 66 para eliminar información sobre corrupción en internet”, 26 de octubre de 2018, https://articulo19.org/amenazas-contra-mediopagina-66-para-eliminar-informacion-sobre-corrupcionen-internet/

(67) La notificación y retirada es un mecanismo creado por la ley de derechos de autor de Estados Unidos, que obliga a cualquier plataforma digital, entre otros actores en internet, a eliminar contenidos cuando una persona denuncie que violan sus derechos de autor. R3D MX, “Así se utiliza el derecho de autor para retirar contenidos de Internet” (archivo de video), Youtube, 17 de junio de 2016, https://www.youtube.com/watch?v=ol5F7q1TJCg

(68) El servicio de alojamiento del sitio web es un servicio que permite a organizaciones e individuos publicar un sitio web o una página web en internet. Es un negocio que proporciona las tecnologías y servicios necesarios para que el sitio o la página web sea visible en internet. “What is Web Hosting?”, Learning Center, Website.com, https://www.website.com/beginnerguide/webhosting/6/1/what-is-web-hosting?.ws

(69) McLeod, Kembrew, Intellectual Property Law, Freedom of Expression, and the Web, Electronic Book Review [en línea], 12 de septiembre de 2003, https://ir.uiowa.edu/cgi/viewcontent.cgi?article=1000&context=commstud_pubs

(70) Ídem.

 

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