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Llama Morena a Alejandro Moreno a “cambiarse el chip”

24 octubre, 2017 Comments (0) Campeche

Sin autorización ambiental, inicia “megaobra” de “Alito”

Los trabajos de la ampliación de la avenida Costera comenzaron dentro de la Reserva de la Biósfera “Los Petenes”, sin que Semarnat haya otorgado el permiso correspondiente, en clara violación a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección Ambiental.

Por Daniel Sánchez

CAMPECHE, Cam. 21 de octubre del 2017.- Sin autorización ambiental, inició la construcción de la ampliación y modernización de la avenida Costera dentro de la Reserva de la Biósfera “Los Petenes”, la cual es una de las “megaobras” anunciadas por Alejandro Moreno Cárdenas en su segundo informe.

La Semarnat ya le había advertido, en el oficio de rechazo, a la Secretaría estatal que “la legislación ambiental vigente establece que ninguna obra o actividad podrá ser realizada hasta no obtener la debida autorización en materia de Impacto Ambiental que emite esta DGIRA”, mucho menos dentro de un área natural protegida, como “Los Petenes”

A mediados de agosto, este reportero dio a conocer que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) rechazó el proyecto presentado por la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura (SDUOPI) para esta obra, con fecha nueve de junio del 2017, por incumplir uno de los requisitos del trámite para otorgarle el permiso ambiental.

Hasta este 19 de octubre, fecha de la última Gaceta Ecológica de la Semarnat, la SDUOPI o la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) -la dependencia federal supuestamente ejecutora de la obra-, no ha reingresado al procedimiento de evaluación el proyecto denominado “Modernización y ampliación de la carretera costera del Golfo (Campeche-Mérida), Camino Real a Mérida, Tramo 0+000 al 5+800”, como tuvo que ser rebautizado para recibir recursos federales.

Sin embargo, desde hace tres días, los trabajos de preparación del sitio ya comenzaron en la vía de la capital campechana, con lo que se viola la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección Ambiental (LGEEPA), que obliga a que toda actividad que se realice dentro de un área natural protegida, debe contar con su manifestación de impacto ambiental debidamente autorizada por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Secretaría del Medio Ambiente.

Esto demuestra, una vez más, a Moreno Cárdenas como un farsante, al haber firmado un Acuerdo por la Sustentabilidad de la Península de Yucatán, en el que declaró a “Campeche Verde”, y ahora comenzar la construcción en una Reserva de la Biósfera de un proyecto carretero, que incluye la destrucción de al menos siete hectáreas de manglar y selva mediana, sin contar con permiso ambiental.

La Semarnat ya le había advertido, en el oficio de rechazo, a la Secretaría estatal que “la legislación ambiental vigente establece que ninguna obra o actividad podrá ser realizada hasta no obtener la debida autorización en materia de Impacto Ambiental que emite esta DGIRA”, mucho menos dentro de un área natural protegida, como “Los Petenes”.

El 19 de agosto del 2017, se informó del rechazo de la Semarnat al proyecto de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura, con clave 04CA2016V0022, y se publicó que de acuerdo con el oficio número SGPA/DGIRA/DG/04145, dirigido a Edilberto Buenfil Montalvo, titular de la SDUOPI, se negó la autorización al proyecto ingresado a la DGIRA el ocho de noviembre del 2016.

La negativa de la dependencia federal estuvo basada “en los artículos 35 cuarto párrafo, fracción III, inciso a) de la LGEEPA (Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente) y 45 fracción III del REIA, por no cumplir con lo dispuesto en el artículo 34, fracción I de la LGEEPA, de conformidad con lo expuesto en los considerandos 8, 9 y 10 del presente oficio resolutivo”.

En los puntos señalados, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales manifestó que “la promovente está sujeta a realizar por su propia cuenta la publicación del extracto bel proyecto. de conformidad con lo establecido en el artículo 34 fracción I de la LGEEPA, que dispone que “una vez que fa Secretaría reciba una manifestación de impacto ambiental e integre el expediente a que se refiere el artículo 35, pondrá ésta a disposición del público, con el fin de que pueda ser consultada por cualquier persona”.

“La Secretaría publicará la solicitud de autorización en materia de impacto ambiental en su Gaceta Ecológica. Asimismo, el promovente deberá publicar a su costa, un extracto del proyecto de la obra/o actividad en un periódico de amplia circulación en la entidad federativa de que se trate, dentro del plazo de cinco días contados a partir de la fecha en que se presente la-manifestación de impacto ambiental a la Secretaría”, agregó.

Citó que bajo esta premisa, “se tiene que la promovente ingresó a esta DGIRA el ocho de noviembre de 2016, la MIA-R del proyecto, por lo que el plazo para llevar a cabo la publicación del extracto del mismo en un periódico de amplia circulación en el Estado. de Campeche, inició a partir del día nueve de noviembre de 2016, feneciendo los cinco días estipulados en el artículo 34 de la LGEEPA, el día 15 de noviembre de 2016, sin considerar los días 12 y 13 por ser sábado y domingo, respectivamente, días considerados no hábiles al tenor del artículo 28 de la LFPA, sin que la promovente ingresara a esta Unidad Administrativa la evidencia del debido cumplimiento del artículo 34, fracción 1 de la LGEEPA, en lo que respecta a la publicación original del extracto del proyecto”.

“La promovente (en este caso la SDUOPI) realizó la publicación del extracto del proyecto el 16 de noviembre de 2016, esto es, un día después de la fecha de vencimiento, fuera del plazo señalado en el artículo 34 de la LGEEPA”, puntualizó.

“Por lo anterior, una vez analizada la documentación presentada, esta DGIRA determina, conforme a los argumentos expuestos en los párrafos anteriores, negar la solicitud de autorización del proyecto, en virtud de que contraviene lo establecido en el artículo 34, fracción I de la LGEEPA y por lo tanto, se actualiza lo establecido en el artículo 35, fracción 111, inciso a) del mismo ordenamiento jurídico”, concluyó.

En las obras de la ampliación de la avenida Costera, según la Secretaría estatal de Planeación, el gobierno federal invertiría 130 millones de pesos, para una extensión de 5.8 kilómetros y una superficie de rodamiento de 21 metros.

 

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